lunes 25 de mayo de 2009

RETROACTIVIDAD ILEGAL

En plena campaña electoral, la Presidenta de la Comunidad de Madrid acudirá a la inauguración de la sede del PP local villalbino sito en el Centro Comercial Puerta de Villalba, en Collado Villalba ( Pueblo).

Lejos de tratar asuntos espinosos como pueda ser la supuesta financiación irregular del PP por medio de la fundación Fundescam, no siendo éste nuestro ámbito natural de actuación en el que nos desenvolvemos, pero que nos afecta a todos los ciudadanos por constituir una forma de entender la DEMOCRACIA trazada con renglones torcidos en los despachos de nuestros representantes políticos institucionales, es de suponer que la Sra. Presidenta se presente en nuestro municipio como adalid liberal en la defensa de las reglas del juego democrático y el sometimiento a la ley que supone el asentamiento pleno en España del Estado de Derecho, otorgado por nuestro Ordenamiento Jurídico y que tiene como su piedra de toque principal la Constitución.

Pues bien, si es así, y ciñéndonos en exclusiva a nuestra querida CHOPERA villalbina, nos gustaría saber de boca de la Presidenta si el procedimiento llevado a cabo en la elaboración del proyecto de construcción del hospital en la citada arboleda es el correcto. Puesto que, como ha de saber la Presidenta, según el artículo 103 de la Constitución los poderes públicos, en su funcionamiento han de someterse “escrupulosamente a lo dictado por el ordenamiento jurídico, a lo establecido por la ley y el Derecho”. No parecer ser el caso de la Chopera, en este sentido, ya que incumpliendo todas las normas y disposiciones de Derecho Ambiental ( Ley de Aguas, Ley Forestal, Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, Reglamento de Planeamiento , PGOU de Collado Villalba, etc. ) , la administración regional se ha sacado de la manga un Decreto que en fondo, tiempo y forma atenta de forma inmisericorde contra aquel. No es el momento de enumerar los numerosos incumplimientos e irregularidades que, por otra parte, ya hemos denunciado sistemáticamente. Tan solo incidiremos en una cuestión fundamental que hasta el momento - en el fragor de la lucha diaria contra el atropello medioambiental que se quiere llevar a cabo – no habíamos recabado:

El Decreto 92 / 2008 de 10 de Julio, por el que se regulan las modificaciones puntuales no sustanciales es publicado en el BOCAM el 29 de Julio, entrando en vigor al día siguiente.

Teniendo en cuenta que el Protocolo de actuación es anterior, así como el Estudio de Impacto Ambiental, cuyo periodo de información pública empieza el día 17 de Julio y acaba el 9 de Agosto, está claro que les roba a los ciudadanos la posibilidad de conocimiento de un hecho legal de extraordinaria importancia para poder alegar, atentando directamente contra el principio de legalidad normativa en el momento de su producción, la seguridad jurídica y la irretroactividad de las disposiciones restrictivas de derechos individuales ( en relación al artículo 45 de la Constitución “ Derecho a disfrutar de un medio ambiente digno”), principios que quedan consagrados en el artículo 9.3, Título Preliminar de la Const.

Reiterando que el mencionado Decreto es la piedra de toque fundamental por el que se quiere cambiar la calificación en cuanto a medios legales se refiere, y pasando las garantías las garantías procedimentales en el Estudio de Impacto Ambientales a un segundo término por desahuciadas, ¿ qué opinión le merece a la Presidenta semejante caso de retroactividad prohibida por la Constitución? Resultando, además, que la Declaración de Impacto Ambiental, la prueba científica probatoria, no existe, como primer paso previo de imprescindible rigor.

martes 19 de mayo de 2009

PUNTUALIZACIONES SOBRE EL DEBATE UBICACIÓN DEL HOSPITAL EN LA CHOPERA.

LOS DESAYUNOS DEL FARO DEL GUADARRAMA.


ANTE LA CATERVA DE MENTIRAS, FALSEDADES VERTIDAS POR LAS REPRESENTANTES DEL PP Y PSOE, Y DEMÁS ACTUACIONES IRREGULARES CONCERNIENTES AL INICIO Y LA ACTUAL FASE DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN EL QUE SE ENCUENTRA LA CHOPERA.

En primer lugar, hemos de resaltar el hecho sintomático de la AUSENCIA a la charla - debate tanto del Alcalde de Collado Villalba, José Pablo González, responsable directo del inicio del proceso, como del Concejal de Urbanismo, Juan José Morales, el Director de Urbanismo del Ayuntamiento, Jesús García del Burgo, y también, por qué no, del Arquitecto municipal, para defender las tesis favorables a la urbanización de la Chopera, Y LA LEGALIDAD O NO DE LA MISMA. La falta de argumentos técnicos y normativos aportados en este sentido, se ve reforzado por la inconsistencia y falta de convicción de la concejal de Sanidad, Amparo Ortiz, en la explicación de las razones por las cuales se decide ubicar la instalación sanitaria en la Chopera, y no en otro lugar urbanizable ya de por sí, que se vio en la necesidad de la realización de varias llamadas telefónicas en el transcurso del debate, con el objetivo de la obtención de información pertinente del Ayuntamiento.

En relación a las tesis encontradas entre sí de la Sra. Concejala de Sanidad, y la representante del PP en la materia, Mariola Vargas, en torno al número de terrenos ofrecidos a la CAM, hemos de manifestar que tan solo fue el correspondiente a la Chopera ( “Cercas de la Póveda”, finca nº 139 del Inventario ) según se desprende del INFORME DE IDONEIDAD AMBIENTAL emitido por la concejalía de urbanismo y remitido a la Consejería de Urbanismo y Medio Ambiente de CAM. Si bien aparecen dos terrenos urbanizables más, el propio consistorio villalbino los descarta en el mismo informe sin ningún tipo de estudio técnico a fondo realizado al respecto, pareciendo más bien su inclusión y posterior rechazo en el mismo informe una auto – justificación para ofrecer a la CAM solo la Chopera. Por lo tanto, teniendo en cuenta el rechazo aludido, solo es un terreno el que se aporta a la CAM, que hubiera de haber sido la administración competente en dirimir la conveniencia de los terrenos, con una labor meramente técnica, profesional y ambiental. De mantenerse la tesis socialista, se podrá interpretar la no urgencia ó falta de interés público en la ubicación del hospital en un determinado sector no urbanizable por su valor natural, puesto que ellos mismos están reconociendo que existen otras parcelas municipales con los dos requisitos principales, ser urbanizables y de mayor cabida.

Con respecto a las afirmaciones realizadas por la Sra. Vargas sobre el actual estado del procedimiento administrativo, cabe preguntarse si su conocimiento exhaustivo de los plazos, vicisitudes y certeza final de la ejecución del proyecto, en interpelación continua con la Consejería de Medio Ambiente e interdependencia, no se trata de una actuación cargada de información privilegiada, pues al menos en teoría hasta que no se pronuncie el órgano ambiental pertinente, es decir, la Dirección Gral de Evaluación Ambiental, no se sabe el contenido de su resolución. ¿ Entonces, pues, por qué sabe la dirección que tomará dicho órgano? ¿ Acaso no es una interferencia ilegal más en el procedimiento y la labor técnica y neutra de los profesionales habilitados al efecto, condicionando dicha connivencia política la decisión de estos? Y viceversa, la susodicha información , ¿ de qué fuentes han salido?

Y más teniendo en cuenta que Ella no pertenece al equipo de gobierno actual, lo cual no justifica que éste sí que pueda intervenir en tal sentido intromisorio, hecho de relativa gravedad que alegaremos en su momento. ¿ Dónde están las garantías de publicidad (en el momento adecuado ) , objetividad e imparcialidad que exige la normativa reguladora de las actuaciones administrativas?

Sin embargo, no hay mal que por bien no venga, puesto que merced a su intervención oral en los Desayunos, nos hemos podido enterar que se está a la espera de recabar un importante informe de transportes, como parece dejar entrever sus palabras en sentido positivo a la actuación urbanizadora, lo cual no deja de ser significativo, pues, a parte de estar ya condicionado por estas interferencias políticas, se transgrede el Decreto 92/2008 de 10 de Agosto, por el que se regulan las Modificaciones Puntuales No Sustanciales en cuanto a los plazos temporales de tramitación se refiere. Se lo recordaremos sucintamente, enunciando de modo literal lo que dispone el decreto aprobado ad hoc en el verano de 2008 para el caso de la Chopera:

“El procedimiento de tramitación de las modificaciones puntuales no sustanciales de planeamiento se desarrollará conforme a las siguientes reglas:
1. El procedimiento se iniciará a propuesta del Alcalde, que someterá la modificación a información pública por el plazo mínimo de un mes con los requisitos establecidos el artículo 56 bis de la Ley 9/2001.

Simultáneamente, se solicitarán los informes sectoriales necesarios que deberán emitirse en el mismo plazo de la información pública. Si no se emitieran en dicho plazo, se entenderán favorables a la tramitación de la modificación...”

Si como se deduce de su intervención ( suponemos que sabrá la fecha de emisión ), el informe se ha sacado a la luz pasado el mes correspondiente de la información pública, se trata de otro incumplimiento ilegal de la normativa que supone un supuesto más de impugnación. Además, será de apreciar en el caso, que no se puede alegar silencio administrativo pasado el mes , puesto que se reconoce su existencia física, incumpliendo el deber de realizarse en el mes de información pública. Y a sensu contrario, para el resto de los informe sectoriales se invalida la posibilidad de acogerse al silencio administrativo positivo, pues lo que no prima en el primero ( resolución expresa en el mes correspondiente), no puede otorgar carta de naturaleza a la inexistencia de las correspondientes resoluciones de los otros sectores, considerándolo como silencio administrativo positivo, puesto que la existencia real fuera de plazo del informe de transportes desactiva la efectividad del silencio de los otros.

Por otra parte, y terminando con el punto de los plazos temporales y los informes, hemos de recordar que el principal documento evaluatorio no existe, esto es, la DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, habiendo transcurrido más de un año desde que el órgano ambiental tuvo conocimiento del Estudio de impacto Ambiental, y no habiéndose llevado a cabo tal resolución probatoria. Es por ello, que en el Debate no se cita circunstancia vital para el desarrollo del proceso. Recordando , además, que la DIA , según la normativa ambiental, ha de ser previa a cualquier permiso de actuación, como de hecho es, la autorización de actuación en policía de cauces y el propio expediente de modificación puntual. Queremos creer, que Ricardo Terrón, de IU, al hacer alusión al deber de hacer el procedimiento de evaluación después de la modificación, se refiere a la Evaluación Ambiental Estratégica, y no al Estudio de Impacto Ambiental, cosas que son diferentes.

Para terminar, hemos de manifestar que lamentamos que el Colectivo Salvemos la Chopera no haya podido acudir al encuentro matutino para hacerse oír en las mismas condiciones que el resto de grupos, hecho que sin duda se debió a las contingencias comunes de la vida cotidiana. Hubiéramos dejado bien clara nuestra situación al respecto, y en todo caso, nos hubiera gustado preguntar tanto a PP como PSOE si todavía consideran superior la idoneidad de la Chopera con respecto al Caño de la Fragua, a sabiendas que la primera opción supone un peligro potencial de inundación, con los correspondientes daños que podría acarrear al Hospital, tal y como ha dejado meridianamente claro la Confederación Hidrográfica del Tajo.

lunes 27 de abril de 2009

LA SOBERBIA DEL ALCALDE NO TIENE LÍMITES

El pasado viernes 24 de Abril por la tarde , a eso de las 16.30 , varios volquetes y una excavadora han entrado en la zona de la Chopera, concretamente a lo largo del camino público que va a hacia el cercano pueblo de Moralzarzal. En un principio ha empezado la excavadora a horadar en los márgenes del camino, pero posteriormente han entrado dos volquetes con tierra para tapar los numerosos baches del camino.

Ante esta situación, tan solo podemos decir que nos congratulemos que de una vez por todas el Ayuntamiento se decida a arreglar ese camino, que será ocupado y destrozado totalmente de construirse el hospital (ya hemos visto el mapa del proyecto). El mismo Consistorio es el principal culpable del lamentable estado en el que está, pues permitió su degradación al permitir la entrada de todo tipo de vehículos, como si de una carretera rodada se tratara, para acelerar la degradación del lugar. Ellos mismos, Alcalde y concejales, son los responsabbles de la eliminación de la barrera que existía, una cadena, que ejercía de límite a la entrada de los vehículos. Por ello, manifestamos que este nuevo regenarionismo caminero es falso, así como su voluntad de realizar un nuevo inventario de caminos, hoy día inexistente, con el único motivo declarado de cobrar la subvención. ¿Desde cuándo esta gente se ha interesado por estas cuestiones? Nunca, los conocemos bien, y no nos pueden engañar. Más bien este tipo de actuación responde a dos cuestiones que hemos estudiado detenidamente, y que explicamos a continuación: Por un lado, conociendo la personalidad del que lleva el bastón de mando municipal, está claro que ha sido un ataque de histeria y soberbia por la denuncia que se realiza en EL FARO DE GUADARRAMA en la carta a Tomás Gómez, secretario del PSM, en la que se deja meridianamente claro los flirteos de Jp con la derecha económica en la privatización de la sanidad, algo especialmente indigerible para el PSM, en su estrategia, al menos retórica, de su confrontación partidista con Esperanza Aguirre en esta cuestión (de indudable trascendencia electoral). Sacando a la luz pública los deváneos de JP en esta materia con la Presidenta, se deja muy en entredicho la línea política del PSM en la defensa de la Sanidad Pública (reiteramos que más retórica que otra cosa ). Esta situación, Jp no la puede soportar, y es por eso que ha tenido una de esas salidas ó huidas hacia adelante que suele tener cuando se siente acosado por sue errores de bulto y acusado de nepotismo. Se trata de una especie de desafío sin sentido que lanza a las personas que estamos por la defensa íntegra de la Chopera. Pero también hay una parte de estrategia a muy corto plazo, y por ello ridícula, consistente en la provocación. Él muy ingenuo se cree que nos chupamos el dedo. Piensa que vamos a ir allí a pedir los permisos por las actuaciones que están realizando en el camino, para luego darle pie a desacreditarnos ante la sociedad villalbina, tachándonos de irresponsables ó ecologistas de pacotilla por no comprender que están realizando una gran labor de recuperación medioambiental y de nuestro patrimonio escaso de caminos, por no decir también que se trata de una de las actuaciones previstas en la terna de medidas para la creación de empleo que están inmersas dentro del programa de actuaciones qeu contempla el fondo estatal para la creación de empleo en el ámbito municipal. En este sentido, si Nosotros fuéramo a ver que están haciendo, nos acusarían ante la población de no querer el progreso económico y poco menos que somos los causantes de la crisis, precisamente hoy que hemos superado los cuatro millones. En esta estrategia de demonización , ellos aparecerían como los salvadores momentáneos, obviando el gran de derroche para el erario público que supone sus astronómicos sueldos. Per no, no vamos a caer en la trampa. Están ya muy vistos, y sabemos como se las gastan. Por eso mismo, les animamos a que continúen así y arreglen el camino que ellos mismos destruyeron con calculada negligencia. Y de paso, y ya que se han vuelto tan buenos camineros, les invitamos a que no hagan la obra especulativa proyectada, que se carga el mismo camino a Moralzarzal que están recomponiendo hoy ( reiteramos que hemos visto el mapa, y se lo "zampan" ), y continúen con el mismo método recomponedor con la Calle OSCURA , camino público que se han repartido las distintas parcelaciones realizadas por la Junta de compensación en el sector Prado Manzano (al lado de Peñanevada II, en la carretera que va a Moralzarzal ó M - 608), ó por ejemplo con las distintas usurpaciones y apropiaciones indebidas de los caminos públicos de Navapelayo y del camino público que parte de la urbanización El Mirador en C. Villalba - Pueblo, y va a Hoyo de Manzanares, ambos intrusados por sendas propiedades rústicas. Que sigan por este camino, que sigan; sería un broche de oro para su entrada en la Sociedad Caminera que se está fragüando en la Sierra. Pero nos tememos que sea, como ya hemos dicho, una falsa predisposición que encierra la falta de recursos para atajar una creciente oposición social a los desmanes urbanísticos del valido de todos los truhanes capitalistas especuladores, con su personalidad acomplejada y enfermiza. Nosotros , por nuestra parte, les estamos esperando de manera sólida, con la firme resolución de impedirles que cometan el atropello medioambiental que quieren realizar.

Y tomaremos las medidas adecuadas en el momento oportuno. De hecho, ya lo tenemos preparado.

En otro orden de cosas, el dia anterior hicieron, con ayuda de un globo aeroestatico, fotos sobre la Chopera. Los operarios tenian el plano con las marcas de los lugares a fotografiar.

domingo 19 de abril de 2009

HOSPITAL SON ESPASES VELL Muy parecido A LA CHOPERA

Recibo un correo electrónico en el que un amigo me comunica que el Tribunal Supremo acaba de dictaminar la suspensión de la modificación puntual del PGOU de Palma de Mallorca relacionada con la construcción de un hospital ‘Son Espases Vell’, advirtiéndome que el caso puede ser muy similar al de La Chopera de Collado Villalba, donde el Ayuntamiento también ha aprobado una modificación puntual del Plan General para recalificar unos terrenos protegidos para poder construir sobre ellos el futuro hospital comarcal, acuerdo que ya ha sido denunciado ante la Fiscalía de Medio Ambiente por afectar, entre otros, a una amplia zona de arbolado y al cauce del arroyo de La Poveda.
El alto tribunal, me dice el compañero de la prensa balear al que acudimos para que nos facilitase la sentencia -que obviamente va a sentar jurisprudencia en este tipo de asuntos urbanísticos- “ha dado un toque de atención a todos aquellos que amparados en un falso interés general y sin hacer caso de la legislación vigente pensaron que podían pasar por encima del derecho constitucional que asiste a todo ciudadano a ejercitar la acción popular”. Y así se se entiende tras leer la sentencia, sobre todo cuando dice: “...Las flagrantes conculcaciones que se denuncian en el procedimiento para la aprobación de la modificación puntual del PGOU impugnada, cual son la falta de declaración de interés general por el órgano competente a fin de poder llevar a cabo la instalación del hospital en suelo rústico, la inexistencia del preceptivo estudio de alternativas técnicamente viables (...)”. Un precedente que puede compararse con la actitud mostrada hasta ahora por el Consistorio villalbino, que ni siquiera se ha dignado a contemplar otros posibles emplazamientos para el centro hospitalario.Y lo lamentable, esperemos que en Collado Villalba no ocurra lo mismo, es que dicha sentencia ha llegado en el momento en el que la construcción del citado hospital se encuentra en una fase bastante avanzada.

miércoles 8 de abril de 2009

ESTANDO , COMO ESTÁ DISPONIBLE " EL CAÑO DE LA FRAGÜA", CON 100.000 METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE, Y CON UNA CALIFICACIÓN JURÍDICA DEFINIDA COMO SERVICIO PÚBLICO EN SU FICHA DEL INVENTARIO DE BIENES INMUEBLES MUNICIPAL. TODO UN CONTRASENTIDO LÓGICO PARA FAVORECER A UNOS POCOS, EN DETRIMENTO DE LA MAYORÍA.

Ref. 1254503/04/200908:59:43 AM (GMT+1)

SALVEMOS LA CHOPERA¡¡ ATENCIÓN A ESTE COMENTARIO SOBRE LA CHOPERA Y EL HOSPITL !! EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DEL PLAN GENERAL EN ESTE SECTOR "
Gestión y Ejecurción urbanística: .... Si fuera preciso incorporar terrenos por conexiones exteriores u otros conceptos, podrán ser obtenidos conforme lo dispuesto en el artículo 90 y ,en su caso, el artículo 138 de la Ley 9/2001". Es decir, en contra de lo establecido en el Convenio con la Comunidad, que obliga al Ayuntamiento a delimitar los límites físicos del proyecto y su parcela, en este caso no se concreta, para posteriormente ampliar éstos últimos e incorporar porciones importantes de parcelas colindantes, calificadas como Monte Preservado. En contra de la sensatez y el más mínimo atisbo de racionalidad, se decide encajonar el hospital en un sitio muy reducido, para crear a posteriori la necesidad de ampliar los límites y favorecer así los intereses de importantes propitarios rústicos colindantes, que no pueden dar salida a sus fincas por estar protegidas. ¡¡ HE AQUÍ UNA PARTE DEL NEGOCIO ESPECULATIVO QUE ESTÁ DETRÁS DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DEL HOSPITAL DE GESTIÓN PRIVADA !! Además , el Convenio con la Comunidad de Madrid es nulo de pleno derecho , pues, por ser de carácter ubanístico en la gestión de su ubicación, debió de ser aprobado por el Pleno del Ayuntamiento, según la Ley de Bases de Régimen Local

viernes 20 de marzo de 2009

NOTA DE PRENSA. SALVEMOS LA CHOPERA

Desde el colectivo vecinal surgido para reivindicar la conservación y la protección de la Chopera de Collado Villalba, espacio natural salvaguardado por el Plan General de Ordenación Urbana como suelo forestal por estar calificado como Suelo de ribera afectado por dos arroyos, principalmente, consideramos del todo fraudulenta la modificación del Plan General en esta zona para su urbanización con el Hospital de Collado Villalba, pues no cumple con los requisitos pertinentes establecido tanto en la legislación de aguas, ni con la propia Ley de evaluación Ambiental, como para poder llevarse adelante sin menoscabo del ordenamiento jurídico que al efecto disponen las normas de protección medioambiental y de procedimiento en cuanto a las fuentes legítimas generadoras de dichas resoluciones administrativas o modificaciones.

Por de pronto, hemos de manifestar, que el máximo órgano consultivo de todas las Administraciones Públicas, el Consejo de Estado, en informe de fecha 3 de julio de 2008, solicitaba la retirada del apartado 2 del artículo 1 del Decreto 92/2008 por considerar que no se ajusta a la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. En este informe se indica que el mero hecho de que una Modificación sea aprobada por la mayoría absoluta no la califica de “no sustancial” . De igual forma se refiere al hecho de la concurrencia de “razones de interés social o utilidad pública”, por cuanto éstas deben darse siempre en toda modificación de los instrumentos de planeamiento, tanto si es sustancial como si no lo es. Recordemos además que el Decreto aludido, por el cual se aprueba la modificación y se esquiva la revisión reglamentada del PGOU con su correspondiente Estudio Ambiental Estratégico, se encuentra recurrido por su presunta inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

Sin embargo, y a pesar de la relevancia del método empleado en la aprobación, carente de rigor y contraste científico en cuanto a la valoración de la importancia natural del ecosistema que representa “La Chopera” como Monte Forestal, reconocido en la propia redacción del Estudio de Impacto Ambiental, existen tres aspectos de especial gravedad que nos definen bien a las claras el oscurantismo y la ilegalidad en la que está inmerso el proceso político – administrativo de recalificación de unos terrenos de gran trascendencia medioambiental:

En primer lugar, el periodo del procedimiento de evaluación ambiental ha expirado hace bastante tiempo ya, siendo la legislación taxativa al respecto, y estableciendo el carácter negativo de la Declaración de Impacto Ambiental por haber transcurrido los cinco meses preceptivos sin resolución expresa, teniendo en cuenta que la modificación inicial del Planeamiento se ha realizado antes que la anterior sin atender ni en la espera ni en el contenido a lo dispuesto por el órgano ambiental que ha de dirimir el ajuste al Derecho Medioambiental de la obra del Hospital en la Chopera.

Pero además, queremos llamar la atención sobre una cuestión verdaderamente alarmante en torno a la autorización de la Confederación Hidrográfica del Tajo para la construcción del recinto sanitario en la policía de cauces y Dominio Público Hidráulico del Arroyo de la Póveda, pues a pesar del peligro real de inundación de la zona permite que se lleve a cabo las actuaciones urbanísticas en la zona de ribera del arroyo perteneciente a su jurisdicción. En este sentido, consideramos que la resolución por la que se concede dicha autorización incumple la Ley de Aguas y el Reglamento de Protección del Dominio Público Hidráulico, no existiendo ningún asidero legal en el que basar ésta decisión, amén de la irresponsabilidad y cobardía que supone abandonar a la suerte del azar la seguridad física del mismo Hospital, cuando en una de sus condiciones la Confederación afirma textualmente que “no responde de los daños que pudieran ser ocasionados a la obra ejecutada por causa de crecidas que se produzcan en el cauce, tanto ordinarias como extraordinarias”.

Asimismo, y en relación a todo lo expuesto hasta el momento, desde el Colectivo Salvemos la Chopera hemos podido comprobar de manera fehaciente que no existe ningún tipo de reserva de suelo dotacional previa en el Planeamiento Urbanístico municipal de la que pueda partir las actuaciones urbanizadoras, tal y como exige el Reglamento de Planeamiento Urbanístico estatal, al respecto. Por otra parte, y en el mismo sentido arbitrario y nada esclarecedor, las delimitaciones físicas del sector ( 55688 m2 ) a través de las dos parcelas en las que se divide con distintas calificaciones urbanísticas ( Suelo Protegido por su Valor Natural con 44.866 m2 y Suelo Protegido de Ribera con 10.822 m2 ) resultan ser falsas en su concepción y tratamiento por el Consistorio villalbino, solapando la primera a la segunda y encubriendo totalmente los límites de la afección del Dominio Público Hidráulico que impone el principal arroyo de la zona. A esta conclusión hemos llegado tras analizar tanto el expediente de Modificación Puntual No Sustancial tramitado por la Concejalía de Urbanismo del municipio serrano, como el expediente de autorización de obra en policía de cauces otorgado por la Confederación y que forma parte del primero, pues la parcela más pequeña en extensión está conformada por el espacio y cabida correspondientes a la zona de servidumbre del arroyo , esto es , franja longitudinal de 5 metros del arroyo medidos a partir del mimo borde del mismo. El resto del Dominio Público Hidráulico, la zona de policía correspondiente a la franja longitudinal de 100 metros horizontales tomado como referencia de su inicio la zona de servidumbre, configurando ambos el Suelo Protegido de Ribera, cabe inferir que queda subsumida en la otra parcela con calificación distinta con una cabida de 44. 866 m2, llegando a la conclusión de que la autorización expedida por la Confederación H. T se ha realizado en una de las parcelas que no le correspondería, siguiendo el hilo de la argumentación lógico que impone el mismo expediente de modificación. Creemos que todo ello es totalmente fraudulento y no responde a los fundamentos que la seguridad jurídica y al ajuste a la Ley Forestal de Protección de la Naturaleza que en todo caso debiera prevalecer, reclamando de las autoridades regionales competentes la devolución y rechazo del proyecto, por mediar evidentes causas de manifiesta nulidad de Derecho, y en su caso, exigimos la intervención de Perito Agrimensor habilitado por la Consejería de Medio Ambiente, que pueda investigar y redefinir ( si procede ) los límites espaciales de la zona.

martes 3 de marzo de 2009

ATENCIÓN A ESTE COMENTARIO SOBRE LA CHOPERA Y SU URBANIZACIÓN

EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL P.G.O.U EN LA CHOPERA, EN ACTUAL FASE DE INFORMACIÓN PÚBLICA.

Punto 1.7 Tramitación medioambiental del Hospital ( pag. 25. volumen II )

De acuerdo con el apartado 52 ( hospitales ) del Anexo III, de la Ley 2/2002, de 19 de Junio, de Evaluación Ambiental de la CAM, la construcción de hospitales es una actividad sujeta al Procedimiento Abreviado de Evaluación de Impacto Ambiental, debiendo iniciarse el procedimiento con la redacción del E. I. A del proyecto en cuestión.

Este estudio se realizó por encargo de la Consejería de Sanidad . En él se definieron los efectos ambientales derivados del emplazamiento, construcción y funcionamiento del nuevo hospital de C. Villalba, así como la concreción de medidas preventivas, correctoras y compensatorias que minimicen y hagan compatible el proyecto. (] AQUÍ LA NEUTRALIDAD BRILLA POR SU AUSENCIA, PUESTO QUE YA ESTÁN CONDICIONANDO CON LAS SUSODICHAS MEDIDAS LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, ANTICIPÁNDOSE AL JUICIO DEL ÓRGANO AMBIENTAL QUE ES EL COMPETENTE ).]* Nota interna de apreciación del colectivo Salvemos la Chopera .

( Continúa el escrito ):

Una vez iniciado el Procedimiento Ambiental, a la actual fecha no ha sido obtenida la Declaración de Impacto Ambiental, siendo ésta VINCULANTE.

En caso que dicha Declaración sea emitida previa a la aprobación definitiva de esta Modificación Puntual, DEBERÁ INCORPORARSE A ÉSTA, FORMANDO PARTE DE SU CUERPO NORMATIVO.
.....................................................................
Hasta aquí el contenido del expediente en ése apartado literal en el expediente.

Lo que pretenden hacer es del todo ilegal, puesto que el plazo de emisión de la Declaración ha expirado hace mucho tiempo ya, en concreto 5 meses, según la Ley de Evaluación Ambiental, y, en el procedimiento abreviado se considera negativa la misma declaración por no haberse dictado expresamente en el plazo estipulado. VAN A INTENTAR COLAR UN NUEVO FRAUDE DE LEY, PUESTO QUE COMO BIEN DICEN ELLOS MISMOS ES VINCULANTE, Y EMITIR UNA DECLARACIÓN POSITIVA FUERA DE PLAZO Y DESPUÉS DE LA APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN, ALGO QUE ES TOTALMENTE FRAUDULENTO. LO LEGAL ES : PRIMERO LA DECLARACIÓN ( POSITIVA Ó NEGATIVA ) , Y LUEGO SI PROCEDE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL.

¡ POR FAVOR, PASAD ÉSTA NOTICIA, POR EL BIEN DEL ESTADO DE DERECHO Y EL MEDIO AMBIENTE , Y EN CONTRA DEL NEPOTISMO Y LA ARBITRARIEDAD ¡

Gracias por vuestra atención, ¡ AÚPA CHOPERA!

Desaparece EL ARROYO DE LA POVEDA

SE CARGAN EL ARROYO DE LA PÓVEDA TOTALMENTE. La confederación Hidrográfica del Tajo, incumpliendo la normativa de protección de cauces y del dominio público hidraúlico, ha dado autorización para la edificación en la policía de cauces del arroyo ( 100 metros ) y en el mismo dominio de éste , a tan sólo 5 metros de distancia desde el mismo lecho del arroyo, en éste caso como zona de aparcamiento de coches. ¡ INCREÍBLE , PERO CIERTO! Esta información se halla en el expediente de modificación del PGOU para la Chopera, en periodo de exposición pública. Eso sí , como era de prever, ningún informe ni dicha autorización se han sometido a juicio y análisis del Estudio de Impacto Ambiental, como era preceptivo legalmente y como nos tienen acostumbrados. ¡ UN AUTÉNTICO ATENTADO ECOLÓGICO , ES LO QUE VAN A COMETER ! ¿ LO VAMOS A PERMITIR ?. Es necesario que la gente se entere de todos estos atropellos. GRACIAS

viernes 6 de febrero de 2009

Entramado Urbanistico. Es otro el terreno de la Chopera???????

Dejo dos links con noticias sobre entramados urbanisticos. El Sr. Martin Marin, tiene terrenos en propiedad colindantes a la Chopera??????????????????

http://www.elfarodelguadarrama.com/noticia.asp?ref=16942

http://www.elpais.com/articulo/madrid/ex/cargo/PP/obtuvo/recalificacion/Collado/Villalba/elpepiespmad/20090131elpmad_1/Tes

viernes 23 de enero de 2009

Izquierda Unida reabre el debate sobre la idoneidad de la utilización de este espacio verde

Recalifican La Chopera para la construcción del hospital
Por RedacciónÚltima actualización 22/01/2009@21:06:30 GMT+1
El Faro de Guadarra


La modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Collado Villalba para calificar La Chopera como suelo dotacional sanitario, paso previo a su cesión a la Comunidad para que construya en ella el futuro hospital, ha reactivado el debate sobre la idoneidad de la parcela debido a su valor ecológico.
En el pleno celebrado ayer, en el que se aprobó la nueva calificación con los votos a favor de PSOE, PP y ADEI y el voto en contra de IU, la coalición de izquierdas recordó que el Equipo de Gobierno "nunca ha tenido en cuenta los terrenos de la ITV como el lugar para que se establezca dicha infraestructura, pese a las ventajas de esta zona, que es más accesible", indicó su portavoz, Ascensión de las Heras. La concejala reiteró que el Ejecutivo local no había valorado la finca de la ITV "porque se han dado prisa en redactar un Plan Especial para que se ubique otra gran superficie en nuestro municipio". Después de recordar el valor medioambiental de los terrenos en los que se pretende construir el hospital, la edil aseguró que al aplicarse el Decreto 92/2008 "se busca un atajo para eludir tener que dar explicaciones a los vecinos de por qué se cede este terreno y no otro".

Hay que destacar que, curiosamente, el citado decreto (Ley de medidas urgentes), fue votado en contra por el grupo parlamentario socialista en la Asamblea de Madrid.

lunes 29 de diciembre de 2008

Malos Modos

http://www.elfarodelguadarrama.com/noticia.asp?ref=16320

De sobra es conocido el talante autoritario del que hacen gala las personas integrantes del Equipo de Gobierno socialista de Collado Villalba, pero el comportamiento engreído, miserable y mezquino exhibido por el concejal de Urbanismo, Juan José Morales, y su ayudante de campo, el director de Urbanismo, Jesús García del Burgo, roza el paroxismo, y no deja lugar a dudas de que esta gente que van de sobrados por la vida, desprecian a todos aquellos que no se pliegan a sus intereses corporativistas y demás relaciones de vasallaje, considerando Collado Villalba como su propio feudo particular, practicando ellos mismos la ceremonia de sumisión total ante sus propios amos.

Decimos esto por la mala educación y la prepotencia con la que tratan a los interlocutores sociales que no les son afines, como sucedió en la reunión celebrada el pasado 11 de diciembre, jueves, con dos mujeres vinculadas a Ecologistas en Acción y al colectivo Salvemos la Chopera, respectivamente, sobre la problemática de la ubicación del hospital en la Chopera. Pues sí, señores, tal y como se lo comentamos: mediada la reunión, el valiente concejal de Urbanismo amenazó con expulsar del Ayuntamiento a una de las participantes en la reunión, por el mero hecho de no coincidir sus respectivas tesis durante una acalorada discusión, a lo que la persona afectada le respondió que el edificio consistorial no era de su propiedad. Naturalmente, el edil Morales tuvo que apearse del carro de modo casi instantáneo, ante la constatación de la veracidad del argumento de su oponente. Consideramos que es posible que momentáneamente Morales sufriera una alucinación pasajera, causada tal vez por el efecto de la poltrona, y que se creyera un segundo Luis XIV, el rey Sol absolutista francés, cuando acuñó la célebre frase que pasaría a la posteridad: "El Estado soy yo". Y qué decir de su segundo, García del Burgo, que se pasó toda la reunión interrumpiendo a la interlocutora de Ecologistas en Acción, haciendo aspavientos y ademanes verdaderamente molestos, semitumbado sobre la silla como un niño malcriado. Auténticamente patética la conducta chabacana y la falta de respeto de estos dos responsables de la política municipal.
Este concepto patrimonialista de lo que no les pertenece se vio reforzado con frases de su hipotética y futurible conducta sobre la Dehesa y los terrenos de la ITV, como si estas dos parcelas fueran de su sola propiedad, y no de los villalbinos, que no han votado especialmente para que se vendan o se cedan.Ante este lamentable episodio, nos preguntamos: si se reafirmaban en sus posiciones, ¿por qué querían entrevistarse con nosotros y así nos lo comunicaron? Todavía no lo entendemos, a no ser que fuera para que asistiéramos a un ejercicio de majadería superior en la gran casa de los villalbinos. ¿O tal vez fuera para comunicarnos que la Chopera es una zona que tiene un gran riesgo de inundación? Por que sí, señores, eso fue lo que nos transmitieron y lo que están ocultando a la opinión pública. Nosotros ya lo sabíamos.