viernes, 25 de diciembre de 2009
viernes, 18 de diciembre de 2009
EN RELACIÓN A LAS DECLARACIONES DEL CONSEJERO DE JUSTICIA
EN RELACIÓN A LAS DECLARACIONES DEL CONSEJERO DE JUSTICIA, FRANCISO GRANADOS Y EL ALCADE DE COLLADO VILLALBA, JOSÉ PABLO GONZÁLEZ, ACERCA DE LA CONSTRUCCIÓN DEL HOSPITAL COMARCAL EN EL PARAJE DE LA CHOPERA.
Recogidas en el diario ADN.
Desde Salvemos la Chopera, queremos poner de manifiesto que las declaraciones tanto de Francisco Granados, Consejero de la Presidencia, Justicia e Interior de la CAM, como del Alcalde de Collado Villalba , José Pablo González, en torno a la inmediata puesta en funcionamiento del proyecto de construcción del Hospital comarcal en el paraje de la Chopera, y su consiguiente destrucción, prevista para el inicio del año 2010, no tienen otro objetivo que crear un clima de presión hacia los técnicos de evaluación ambiental de la Consejería de Medio Ambiente con el propósito de incitar la cesión por parte de éstos hacia posturas que se inclinen hacia la opción de desechar la posibilidad de elección de la finca El Caño de la Fragua como parcela idónea para la ubicación del hospital, en una eventual decisión y resolución que valore, analice y resuelva el pendiente Estudio de Localización de Alternativas. A la espera de este pronunciamiento, está claro que con estas declaraciones futuribles tratan de condicionar la solución adoptada favorezca los intereses especulativos que se esconden detrás del proyecto de construcción y aniquilamiento de los valores naturales de la finca la Chopera, pudiendo manejar además información privilegiada de la orientación que adopte la resolución de la Dirección General de Evaluación Ambiental al afirmar la realización de estas actuaciones, antes del pronunciamiento de este órgano ambiental.
En este mismo sentido de intimidación y condicionamiento previo, resaltamos la mentiras en las que incurre el Alcalde de Collado Villalba cuando afirma que las obras del hospital comenzarán con el inicio del año 2010, puesto que, como bien viene reflejado en el proyecto de Presupuestos, todavía no aprobado por la Asamblea de la CAM, en el programa de Sanidad 703 Infraestructuras y Equipamientos sanitarios, se tiene previsto para el año 2010 ( sin especificar trimestre ) la Publicación de los concursos de licitación de la Asistencia sanitaria en C. Villalba y Carabanchel, y o el Hospital de Media Estancia, así como la formalización de los correspondientes contratos de concesión y Pliego de Condiciones a cumplir para la construcción del Hospital ( punto nº3 OBJETIVOS E INDICADORES ), con lo que difícilmente se puede comenzar las obras a principios de año, teniendo en cuenta como dice el Alcalde, que se continúa con la tramitación del expediente ( anteriormente, en Septiembre, había afirmado que ya estaba terminado el expediente de tramitación del Suelo, y que se iba a proceder a la cesión formal del suelo; de nuevo , mentía ), afirma que se ha superado el escollo del Estudio de Impacto Ambiental, pero no dice nada de la existencia de la Declaración de Impacto Ambiental y de su publicación, a día de hoy inexistente y caduca, y teniendo en cuenta además, según nos muestra la experiencia de casos análogos como el Hospital de Mostotes, recientemente licitado, que el comienzo de las obras del aludido hospital de esta localidad del Sur de la CAM, no van a comenzar hasta el mes de Junio, principios de Julio de 2010, como ha reconocido su propio Alcalde.
Así pues, de nuevo, tratando de presionar y faltando a la verdad, con el objetivo de condicionar y presionar a los agentes administrativos y técnicos implicados en la valoración ambiental del proyecto y su posible ejecución.
De todas formas, y como quiera que fuere, queremos transmitir a la sociedad serrana en su conjunto nuestra firme voluntad y resolución en evitar este desastre medioambiental anunciado en más de dos años de lucha, y por supuesto, adoptadas ya todas las medidas posibles para hacer posible su garantía, tal y como está ya previsto, hemos de decir que el proyecto de construcción del hospital en la Chopera va a correr la misma suerte que el Plan Parcial del Caño de la Fragua, interponiendo ante las correspondientes instancias el pertinente recurso judicial.
Recogidas en el diario ADN.
Desde Salvemos la Chopera, queremos poner de manifiesto que las declaraciones tanto de Francisco Granados, Consejero de la Presidencia, Justicia e Interior de la CAM, como del Alcalde de Collado Villalba , José Pablo González, en torno a la inmediata puesta en funcionamiento del proyecto de construcción del Hospital comarcal en el paraje de la Chopera, y su consiguiente destrucción, prevista para el inicio del año 2010, no tienen otro objetivo que crear un clima de presión hacia los técnicos de evaluación ambiental de la Consejería de Medio Ambiente con el propósito de incitar la cesión por parte de éstos hacia posturas que se inclinen hacia la opción de desechar la posibilidad de elección de la finca El Caño de la Fragua como parcela idónea para la ubicación del hospital, en una eventual decisión y resolución que valore, analice y resuelva el pendiente Estudio de Localización de Alternativas. A la espera de este pronunciamiento, está claro que con estas declaraciones futuribles tratan de condicionar la solución adoptada favorezca los intereses especulativos que se esconden detrás del proyecto de construcción y aniquilamiento de los valores naturales de la finca la Chopera, pudiendo manejar además información privilegiada de la orientación que adopte la resolución de la Dirección General de Evaluación Ambiental al afirmar la realización de estas actuaciones, antes del pronunciamiento de este órgano ambiental.
En este mismo sentido de intimidación y condicionamiento previo, resaltamos la mentiras en las que incurre el Alcalde de Collado Villalba cuando afirma que las obras del hospital comenzarán con el inicio del año 2010, puesto que, como bien viene reflejado en el proyecto de Presupuestos, todavía no aprobado por la Asamblea de la CAM, en el programa de Sanidad 703 Infraestructuras y Equipamientos sanitarios, se tiene previsto para el año 2010 ( sin especificar trimestre ) la Publicación de los concursos de licitación de la Asistencia sanitaria en C. Villalba y Carabanchel, y o el Hospital de Media Estancia, así como la formalización de los correspondientes contratos de concesión y Pliego de Condiciones a cumplir para la construcción del Hospital ( punto nº3 OBJETIVOS E INDICADORES ), con lo que difícilmente se puede comenzar las obras a principios de año, teniendo en cuenta como dice el Alcalde, que se continúa con la tramitación del expediente ( anteriormente, en Septiembre, había afirmado que ya estaba terminado el expediente de tramitación del Suelo, y que se iba a proceder a la cesión formal del suelo; de nuevo , mentía ), afirma que se ha superado el escollo del Estudio de Impacto Ambiental, pero no dice nada de la existencia de la Declaración de Impacto Ambiental y de su publicación, a día de hoy inexistente y caduca, y teniendo en cuenta además, según nos muestra la experiencia de casos análogos como el Hospital de Mostotes, recientemente licitado, que el comienzo de las obras del aludido hospital de esta localidad del Sur de la CAM, no van a comenzar hasta el mes de Junio, principios de Julio de 2010, como ha reconocido su propio Alcalde.
Así pues, de nuevo, tratando de presionar y faltando a la verdad, con el objetivo de condicionar y presionar a los agentes administrativos y técnicos implicados en la valoración ambiental del proyecto y su posible ejecución.
De todas formas, y como quiera que fuere, queremos transmitir a la sociedad serrana en su conjunto nuestra firme voluntad y resolución en evitar este desastre medioambiental anunciado en más de dos años de lucha, y por supuesto, adoptadas ya todas las medidas posibles para hacer posible su garantía, tal y como está ya previsto, hemos de decir que el proyecto de construcción del hospital en la Chopera va a correr la misma suerte que el Plan Parcial del Caño de la Fragua, interponiendo ante las correspondientes instancias el pertinente recurso judicial.
viernes, 16 de octubre de 2009
"LA PICARESCA URBANÍSTICA DEL AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA "
Cuando sorprendentemente estamos asistiendo en el escenario de la evaluación medioambiental de la Consejería del correspondiente ramo de nuestra Comunidad Autónoma, a un nuevo replanteamiento –aunque de forma todavía bastante tímida – de la filosofía y praxis que ha de impregnar la observación, el estudio y análisis de la mayor parte de los proyectos urbanizadores que salpican nuestra geografía regional, sobre las premisas de una mayor contención de las actividades destructivas y masificadoras hacia nuestro medio natural, aquí en Collado Villalba, se pretende continuar, según las palabras del Alcalde en el último pleno, con el proyecto lesivo de liquidación de un paraje natural, como es la Chopera, y que constituye el punto y el contrasentido irracional, es decir, la excepción que confirma la regla, a este nuevo rumbo que está imprimiendo la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, más en concreto, en su departamento de Evaluación Ambiental.
Así, de esta manera, y nos congratulamos por ello, nos podemos encontrar en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, como municipios de la depresión y llanura sedimentaria como son Brunete, Ciempozuelos, Móstoles, El Álamo, Alcobendas, Meco y Navalcarnero, por ejemplo, para la aprobación de sus respectivos Planes Generales de Ordenación Urbana, han tenido que rebajar sustancialmente el número de viviendas a construir. El caso de Móstoles es paradigmático en relación a las semejanzas con Collado Villalba por la instalación de un nuevo hospital en sus respectivos términos, puesto que para poder llevarlo a cabo han tenido que realizar una revisión del planeamiento anterior en toda regla ( y no una superficial modificación puntual, como se quiere hacer aquí ), pese a que, además, la zona donde se va a ubicar, era ya de por sí anteriormente urbanizable, y teniendo en cuenta también, muy importante ello, que en el caso mostoleño SÍ que se ha emitido la DIA en los plazos estipulados por ley ambiental.
Una de las nuevas medidas en las que se sustenta esta nueva orientación en la política evaluatoria son los denominados Informes de Impacto Territorial, cuya principal característica supone el mandato informativo e impedimento de la recalificación de terrenos limítrofes con otros municipios “para mantener franjas de protección ambiental”, de obligado cumplimiento para municipios tan desarrollados como Parla, por ejemplo, y Alpedrete, pueblo conocido por todos, cuyo sector Polvorines se va a ver afectado por tal medida, siendo una zona muy próxima a la Chopera de C. Villalba, que está encuadrada en la zona norte del término municipal villalbino protegida por leyes ambientales tal y como indica el Informe de Análisis Ambiental del PGOU, y muy cercana a las lindes municipales alpedreteñas a través de la Cerca del Montero, demarcación calificada como Monte Preservado.
Ante este panorama, está claro que la única baza que juega el Consistorio villalbino ante la Comunidad de Madrid para justificar la no inclusión de los terrenos colindantes a la A-6 y a la ITV como idóneos para la ubicación del hospital en el Estudio de Alternativas que enviaran a la Consejería, será que el sector del Caño de la Fragua ya está afectado por un plan parcial, a lo que nuestro colectivo responderá adecuadamente tratando de desenmascarar tamaña mentira, puesto que aquel es posterior a la formal petición que realiza la Comunidad de Madrid, y además, en contra de lo que dice José Pablo González, la legalidad de la aprobación del Plan Parcial está todavía en entredicho hasta que no se pronuncien definitivamente los tribunales, entre otras cosas, por manifiestas irregularidades en su aprobación, como es por ejemplo, haber sobrepasado el plazo del primer cuatrienio de aprobación del Plan Parcial.
Así, de esta manera, y nos congratulamos por ello, nos podemos encontrar en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, como municipios de la depresión y llanura sedimentaria como son Brunete, Ciempozuelos, Móstoles, El Álamo, Alcobendas, Meco y Navalcarnero, por ejemplo, para la aprobación de sus respectivos Planes Generales de Ordenación Urbana, han tenido que rebajar sustancialmente el número de viviendas a construir. El caso de Móstoles es paradigmático en relación a las semejanzas con Collado Villalba por la instalación de un nuevo hospital en sus respectivos términos, puesto que para poder llevarlo a cabo han tenido que realizar una revisión del planeamiento anterior en toda regla ( y no una superficial modificación puntual, como se quiere hacer aquí ), pese a que, además, la zona donde se va a ubicar, era ya de por sí anteriormente urbanizable, y teniendo en cuenta también, muy importante ello, que en el caso mostoleño SÍ que se ha emitido la DIA en los plazos estipulados por ley ambiental.
Una de las nuevas medidas en las que se sustenta esta nueva orientación en la política evaluatoria son los denominados Informes de Impacto Territorial, cuya principal característica supone el mandato informativo e impedimento de la recalificación de terrenos limítrofes con otros municipios “para mantener franjas de protección ambiental”, de obligado cumplimiento para municipios tan desarrollados como Parla, por ejemplo, y Alpedrete, pueblo conocido por todos, cuyo sector Polvorines se va a ver afectado por tal medida, siendo una zona muy próxima a la Chopera de C. Villalba, que está encuadrada en la zona norte del término municipal villalbino protegida por leyes ambientales tal y como indica el Informe de Análisis Ambiental del PGOU, y muy cercana a las lindes municipales alpedreteñas a través de la Cerca del Montero, demarcación calificada como Monte Preservado.
Ante este panorama, está claro que la única baza que juega el Consistorio villalbino ante la Comunidad de Madrid para justificar la no inclusión de los terrenos colindantes a la A-6 y a la ITV como idóneos para la ubicación del hospital en el Estudio de Alternativas que enviaran a la Consejería, será que el sector del Caño de la Fragua ya está afectado por un plan parcial, a lo que nuestro colectivo responderá adecuadamente tratando de desenmascarar tamaña mentira, puesto que aquel es posterior a la formal petición que realiza la Comunidad de Madrid, y además, en contra de lo que dice José Pablo González, la legalidad de la aprobación del Plan Parcial está todavía en entredicho hasta que no se pronuncien definitivamente los tribunales, entre otras cosas, por manifiestas irregularidades en su aprobación, como es por ejemplo, haber sobrepasado el plazo del primer cuatrienio de aprobación del Plan Parcial.
viernes, 18 de septiembre de 2009
Carta depositada en el Registro de la Consejería
ÁREA DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE IMPACTO AMBIENAL DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO.
Me dirijo a Usted en calidad de portavoz y en representación del Colectivo vecinal y conservacionista de Collado Villalba Salvemos la Chopera con el objetivo de hacerle llegar nuestra profunda y sincera valoración positiva de la inclusión de la finca “El Caño de la Fragua”, por parte del departamento que Usted dirige, entre los objetivos de análisis racional de las posibilidades potenciales que tiene este sector urbanizable ya de por sí para la definitiva ubicación del ansiado hospital comarcal de la Sierra del Guadarrama, con más superficie que la Chopera, de orografía llana una vez se nivele el erial sin ningún valor ecológico a que fue sometida por parte del Ayuntamiento de Collado Villalba, y con una situación inmejorable en lo que a las comunicaciones terrestres se refiere, pues como ya habrá podido tener conocimiento, su posición estratégica entre los nudos de comunicación más importantes de la zona - autopista A-6 y Estación – RENFE que enlaza con la misma a través del Vial – Sur – le confiere una idoneidad superior a las restantes en liza con el agravante medioambiental de estar protegidas, en el caso de la Chopera. A nadie se le puede escapar esta ventaja comparativa, si tenemos en cuenta además que los municipios más poblados del área sanitaria correspondiente a la Sierra del Guadarrama, como son Collado Villalba, Galapagar, Alpedrete y Guadarrama conectan a través de la autopista con la zona indicada en un tiempo razonable y sensiblemente inferior que si de la implantación en una zona alejada del núcleo urbano, en el norte del territorio municipal – protegido por leyes ambientales, según el Informe de Análisis Ambiental del PGOU - , y afectado por la reconocida inundabilidad de un arroyo – como así lo recoge el propio Organismo de Cuenca – en el supuesto de la Chopera, se tratara.
Es por ello, que tendemos la mano en franca muestra de colaboración con su departamento en particular, y con la Subdirección Gral de Impacto Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, de forma más amplia, para estrechar lazos y hallar puntos y sensibilidades en común en la tarea de necesaria aportación y ayuda que Ustedes requieran en el sentido expuesto de la implantación del recinto sanitario en la tantas veces citada parcela colindante con la A – 6, haciendo un llamamiento a la cordura, el sentido común, la sensatez y la responsabilidad de la Administración autonómica en materia de tutela ambiental, para que de una vez por todas tratemos de eliminar barreras y hallar soluciones racionales a problemas artificialmente creados por unos pocos, y tratar por todos los medios de evitar confrontaciones innecesarias que lo único que conllevan es un retraso y un gran perjuicio al ciudadano de a pie que requiere actuaciones estructurales e integrales que resuelvan la problemática de una asistencia sanitaria ágil y eficaz, sin que por ello se vean sacrificados sus ansias legítimas e instintivos anhelos ancestrales de disfrutar dignamente de un medio ambiente adecuado, como así recoge la Constitución, en condiciones de plenitud satisfactoria y libre esparcimiento, en una de las zonas de la Comunidad de Madrid más densamente masificadas por el urbanismo desaforado.
No queremos más pérdidas de tiempo inútiles que nos perjudican a todos, pero también queremos dejar de manifiesto que no vamos a permitir que se arrase una de las poquísimas zonas naturales que quedan en el municipio villalbino en buen estado de conservación tan solo por que a unos pocos jerifaltes se les antoje, sobre todo, y entre otras cosas, por que es totalmente compatible la conservación de nuestra querida arboleda con la implantación de un hospital público y moderno, y ya decimos de antemano, no queriendo parecer ostentosos, que utilizaremos todos los medios jurídicos, económicos y humanos legales a nuestro alcance para evitar que el desastre se produzca en Collado Villalba, población denominada interesadamente capital de la Sierra, que goza como Usted sabrá, del oneroso título de población con uno de los índices de contaminación troposférica más grande de la Comunidad.
En este sentido, reiteramos nuestra voluntad más sincera de cooperar con Ustedes en lo que haga falta si así lo estiman oportuno, dentro de la posibilidad certera, y dentro de esta oportunidad magnífica que se nos ofrece ahora cual la fruta madura que cae del árbol, señalándonos una nueva aportación de ideas, vitaminas y energía nueva para superar las limitaciones impuestas y hallar la solución ideal a tanto despropósito e infortunio. De modo y manera que elevamos a la autoridad que Usted representa, la factible propuesta de abandonar el proyecto de construcción del hospital comarcal en Collado Villalba en el paraje conocido como La Chopera – sin ánimo de inmiscuirnos en su actividad supervisora y evaluatoria, le recordamos que ha transcurrido un periodo muy superior, no solo a los cinco meses preceptivos del procedimiento abreviado, sino también a los 9 meses del procedimiento ordinario, con los efectos de prescripción y negatividad que supone una ausencia de DIA en el periodo reglamentario que estipula la ley, y que Ustedes mismos reconocen en la “Resolución de 27 de Julio de 2009, del Director General de Evaluación Ambiental, por la que se hace público listado de proyectos sometidos al proyecto caso por caso”, en la que no está incluido el proyecto de construcción del hospital comarcal en La Chopera, quedando constancia de la caducidad del proyecto – y realice formalmente las gestiones pertinentes de información a la Subdirección de la cual su departamento depende jerárquicamente y a la Dirección Gral de Evaluación Ambiental, para que, en conjunción con la Consejería de Sanidad, de motu propio inicien un procedimiento de estudio y análisis que devengue en la elaboración de un proyecto único de construcción del hospital comarcal en Collado Villalba con su correspondiente expediente de Estudio de Impacto Ambiental radicado única y exclusivamente en la parcela municipal del Caño de la Fragua, como bien Ustedes han recabado que se incluya tal posibilidad, y toda vez que se constata la discontinuidad en el tiempo y su correspondiente prescripción del proyecto de construcción del hospital en la Chopera.
Sin embargo, y si bien queremos entender la aceptación y receptividad de tal propuesta y su buena disponibilidad a ejecutarla, observamos que el método elegido no es el más adecuado, puesto que se intenta incardinar en el procedimiento ya caduco del proyecto de construcción del hospital comarcal en el que también se encuentra La Chopera, a través de la ampliación de un Informe de Idoneidad que ya está cubierto y cerrado, y que se elaboró en el mes de Abril, mucho antes del también trasnochado Estudio de Impacto Ambiental. Antes al contrario, creemos que no facilita las cosas, so pena de entender que se pueda tratar también de un burdo engaño y maniobra de despiste - manejando esta posibilidad tan solo como mera hipótesis – si de resaltar la posibilidad real de ubicación del hospital en los terrenos contiguos a la A-6 se trata, tal y como parece ser la inclinación adoptada por su departamento. Pues vemos con profundo recelo e inquietud, que sea el propio Consistorio villalbino – que se ha distinguido precisamente por una obsesión de destruir la Chopera que raya en lo neurótico - quien se ocupe de realizar el informe en el que se muestren las bondades geográficas de la finca El Caño de la Fragua, y por el cual Ustedes decidirán, en función de un documento que nace ya VICIADO por su falta de objetividad, rigor e independencia técnica y profesional, tal y como atestiguan las declaraciones vertidas por el propio concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Collado Villalba en una entrevista realizada por el periódico de información comarcal EL FARO DEL GUADARRAMA ( adjuntamos el contenido del reportaje ), y en las que sostiene que -sin todavía dar la posibilidad de una valoración justa en dicho informe, ni haberse iniciado su redacción – el hospital se hará en la Chopera, con lo que abiertamente se está poniendo de manifiesto la inclinación que adoptará en un futuro, truncado ( el informe ) en su validez probatoria por presiones e influencias de calado político municipal. Es por ello, que hacemos un llamamiento para que se opte sensatamente desde los órganos técnicos indicados de la Consejería de Medio Ambiente para que sean ellos mismos y no una empresa externalizada del ámbito de influencia del Ayuntamiento de Collado Villalba ( tal y como sucedió con la redacción del Informe de Idoneidad Medioambiental municipal ) quien realice el estudio de campo necesario y la observación del contraste entre el esplendor natural que posee una, La Chopera, y el erial a que redujeron la segunda , El Caño de la Fragua, sobre la base, además, y no es baladí recordarlo, que el Estudio de Impacto Ambiental de construcción del hospital en la Chopera ya no se encuentra operativo, como hemos puesto de relieve, y la DIA ha resultado ser negativa por su falta de concreción material en los plazos legales marcados por la normativa de evaluación.
Para terminar, tan solo nos queda pedirle se haga cargo de nuestras más que justas, racionales reivindicaciones y se sirva admitir esta carta en el seno de su ámbito de estudio y ponderación a los efectos pertinentes que hemos tratado de desarrollar y explicar con la mayor naturalidad y rectitud en el ánimo de su comprensión, atreviéndonos incluso a invitarle formalmente a que visite nuestro querido pueblo en nuestra compañía para la mejor observación in situ del terreno a explorar. Creemos sinceramente que estamos condenados a entendernos.
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE IMPACTO AMBIENAL DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO.
Me dirijo a Usted en calidad de portavoz y en representación del Colectivo vecinal y conservacionista de Collado Villalba Salvemos la Chopera con el objetivo de hacerle llegar nuestra profunda y sincera valoración positiva de la inclusión de la finca “El Caño de la Fragua”, por parte del departamento que Usted dirige, entre los objetivos de análisis racional de las posibilidades potenciales que tiene este sector urbanizable ya de por sí para la definitiva ubicación del ansiado hospital comarcal de la Sierra del Guadarrama, con más superficie que la Chopera, de orografía llana una vez se nivele el erial sin ningún valor ecológico a que fue sometida por parte del Ayuntamiento de Collado Villalba, y con una situación inmejorable en lo que a las comunicaciones terrestres se refiere, pues como ya habrá podido tener conocimiento, su posición estratégica entre los nudos de comunicación más importantes de la zona - autopista A-6 y Estación – RENFE que enlaza con la misma a través del Vial – Sur – le confiere una idoneidad superior a las restantes en liza con el agravante medioambiental de estar protegidas, en el caso de la Chopera. A nadie se le puede escapar esta ventaja comparativa, si tenemos en cuenta además que los municipios más poblados del área sanitaria correspondiente a la Sierra del Guadarrama, como son Collado Villalba, Galapagar, Alpedrete y Guadarrama conectan a través de la autopista con la zona indicada en un tiempo razonable y sensiblemente inferior que si de la implantación en una zona alejada del núcleo urbano, en el norte del territorio municipal – protegido por leyes ambientales, según el Informe de Análisis Ambiental del PGOU - , y afectado por la reconocida inundabilidad de un arroyo – como así lo recoge el propio Organismo de Cuenca – en el supuesto de la Chopera, se tratara.
Es por ello, que tendemos la mano en franca muestra de colaboración con su departamento en particular, y con la Subdirección Gral de Impacto Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, de forma más amplia, para estrechar lazos y hallar puntos y sensibilidades en común en la tarea de necesaria aportación y ayuda que Ustedes requieran en el sentido expuesto de la implantación del recinto sanitario en la tantas veces citada parcela colindante con la A – 6, haciendo un llamamiento a la cordura, el sentido común, la sensatez y la responsabilidad de la Administración autonómica en materia de tutela ambiental, para que de una vez por todas tratemos de eliminar barreras y hallar soluciones racionales a problemas artificialmente creados por unos pocos, y tratar por todos los medios de evitar confrontaciones innecesarias que lo único que conllevan es un retraso y un gran perjuicio al ciudadano de a pie que requiere actuaciones estructurales e integrales que resuelvan la problemática de una asistencia sanitaria ágil y eficaz, sin que por ello se vean sacrificados sus ansias legítimas e instintivos anhelos ancestrales de disfrutar dignamente de un medio ambiente adecuado, como así recoge la Constitución, en condiciones de plenitud satisfactoria y libre esparcimiento, en una de las zonas de la Comunidad de Madrid más densamente masificadas por el urbanismo desaforado.
No queremos más pérdidas de tiempo inútiles que nos perjudican a todos, pero también queremos dejar de manifiesto que no vamos a permitir que se arrase una de las poquísimas zonas naturales que quedan en el municipio villalbino en buen estado de conservación tan solo por que a unos pocos jerifaltes se les antoje, sobre todo, y entre otras cosas, por que es totalmente compatible la conservación de nuestra querida arboleda con la implantación de un hospital público y moderno, y ya decimos de antemano, no queriendo parecer ostentosos, que utilizaremos todos los medios jurídicos, económicos y humanos legales a nuestro alcance para evitar que el desastre se produzca en Collado Villalba, población denominada interesadamente capital de la Sierra, que goza como Usted sabrá, del oneroso título de población con uno de los índices de contaminación troposférica más grande de la Comunidad.
En este sentido, reiteramos nuestra voluntad más sincera de cooperar con Ustedes en lo que haga falta si así lo estiman oportuno, dentro de la posibilidad certera, y dentro de esta oportunidad magnífica que se nos ofrece ahora cual la fruta madura que cae del árbol, señalándonos una nueva aportación de ideas, vitaminas y energía nueva para superar las limitaciones impuestas y hallar la solución ideal a tanto despropósito e infortunio. De modo y manera que elevamos a la autoridad que Usted representa, la factible propuesta de abandonar el proyecto de construcción del hospital comarcal en Collado Villalba en el paraje conocido como La Chopera – sin ánimo de inmiscuirnos en su actividad supervisora y evaluatoria, le recordamos que ha transcurrido un periodo muy superior, no solo a los cinco meses preceptivos del procedimiento abreviado, sino también a los 9 meses del procedimiento ordinario, con los efectos de prescripción y negatividad que supone una ausencia de DIA en el periodo reglamentario que estipula la ley, y que Ustedes mismos reconocen en la “Resolución de 27 de Julio de 2009, del Director General de Evaluación Ambiental, por la que se hace público listado de proyectos sometidos al proyecto caso por caso”, en la que no está incluido el proyecto de construcción del hospital comarcal en La Chopera, quedando constancia de la caducidad del proyecto – y realice formalmente las gestiones pertinentes de información a la Subdirección de la cual su departamento depende jerárquicamente y a la Dirección Gral de Evaluación Ambiental, para que, en conjunción con la Consejería de Sanidad, de motu propio inicien un procedimiento de estudio y análisis que devengue en la elaboración de un proyecto único de construcción del hospital comarcal en Collado Villalba con su correspondiente expediente de Estudio de Impacto Ambiental radicado única y exclusivamente en la parcela municipal del Caño de la Fragua, como bien Ustedes han recabado que se incluya tal posibilidad, y toda vez que se constata la discontinuidad en el tiempo y su correspondiente prescripción del proyecto de construcción del hospital en la Chopera.
Sin embargo, y si bien queremos entender la aceptación y receptividad de tal propuesta y su buena disponibilidad a ejecutarla, observamos que el método elegido no es el más adecuado, puesto que se intenta incardinar en el procedimiento ya caduco del proyecto de construcción del hospital comarcal en el que también se encuentra La Chopera, a través de la ampliación de un Informe de Idoneidad que ya está cubierto y cerrado, y que se elaboró en el mes de Abril, mucho antes del también trasnochado Estudio de Impacto Ambiental. Antes al contrario, creemos que no facilita las cosas, so pena de entender que se pueda tratar también de un burdo engaño y maniobra de despiste - manejando esta posibilidad tan solo como mera hipótesis – si de resaltar la posibilidad real de ubicación del hospital en los terrenos contiguos a la A-6 se trata, tal y como parece ser la inclinación adoptada por su departamento. Pues vemos con profundo recelo e inquietud, que sea el propio Consistorio villalbino – que se ha distinguido precisamente por una obsesión de destruir la Chopera que raya en lo neurótico - quien se ocupe de realizar el informe en el que se muestren las bondades geográficas de la finca El Caño de la Fragua, y por el cual Ustedes decidirán, en función de un documento que nace ya VICIADO por su falta de objetividad, rigor e independencia técnica y profesional, tal y como atestiguan las declaraciones vertidas por el propio concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Collado Villalba en una entrevista realizada por el periódico de información comarcal EL FARO DEL GUADARRAMA ( adjuntamos el contenido del reportaje ), y en las que sostiene que -sin todavía dar la posibilidad de una valoración justa en dicho informe, ni haberse iniciado su redacción – el hospital se hará en la Chopera, con lo que abiertamente se está poniendo de manifiesto la inclinación que adoptará en un futuro, truncado ( el informe ) en su validez probatoria por presiones e influencias de calado político municipal. Es por ello, que hacemos un llamamiento para que se opte sensatamente desde los órganos técnicos indicados de la Consejería de Medio Ambiente para que sean ellos mismos y no una empresa externalizada del ámbito de influencia del Ayuntamiento de Collado Villalba ( tal y como sucedió con la redacción del Informe de Idoneidad Medioambiental municipal ) quien realice el estudio de campo necesario y la observación del contraste entre el esplendor natural que posee una, La Chopera, y el erial a que redujeron la segunda , El Caño de la Fragua, sobre la base, además, y no es baladí recordarlo, que el Estudio de Impacto Ambiental de construcción del hospital en la Chopera ya no se encuentra operativo, como hemos puesto de relieve, y la DIA ha resultado ser negativa por su falta de concreción material en los plazos legales marcados por la normativa de evaluación.
Para terminar, tan solo nos queda pedirle se haga cargo de nuestras más que justas, racionales reivindicaciones y se sirva admitir esta carta en el seno de su ámbito de estudio y ponderación a los efectos pertinentes que hemos tratado de desarrollar y explicar con la mayor naturalidad y rectitud en el ánimo de su comprensión, atreviéndonos incluso a invitarle formalmente a que visite nuestro querido pueblo en nuestra compañía para la mejor observación in situ del terreno a explorar. Creemos sinceramente que estamos condenados a entendernos.
jueves, 17 de septiembre de 2009
Los tribunales suspenden la licencia del gran hospital público de Mallorca
Palma 15/06/2009
Nuevo revés, en este caso judicial, a la gestión política y administrativa de Jaume Matas al frente del Gobierno de Baleares, entre 2003 y 2007. Los anteriores equipos del PP en Baleares, Palma y Mallorca impulsaron la modificación urgente del plan general de Palma para poder levantar el futuro gran hospital público central de Mallorca, en Son Espases. Ahora, el Tribunal Superior de Baleares en línea con lo acordado por el Tribunal Supremo ha negado la legalidad de las licencias las obras por la nulidad inicial decretada sobre la reforma concreta del plan urbanístico de Palma.
La construcción y explotación del hospital de Son Espases, que el Gobierno de centro izquierda de Francesc Antich intentó paralizar en 2007 por su vis polémica y su impacto, fue adjudicada por el Ejectivo de Jaume Matas a la unión de Dragados(ACS)-Fomento, más Melchor Mascaró-Llabrés Feliu por 635 millones de euros. La edificación del complejo hospitalario -interrumpida parcialmente por hallazgos arqueológicos- está a punto de culminar, para que el cento sea estrenado en 2011.
Nuevo revés, en este caso judicial, a la gestión política y administrativa de Jaume Matas al frente del Gobierno de Baleares, entre 2003 y 2007. Los anteriores equipos del PP en Baleares, Palma y Mallorca impulsaron la modificación urgente del plan general de Palma para poder levantar el futuro gran hospital público central de Mallorca, en Son Espases. Ahora, el Tribunal Superior de Baleares en línea con lo acordado por el Tribunal Supremo ha negado la legalidad de las licencias las obras por la nulidad inicial decretada sobre la reforma concreta del plan urbanístico de Palma.
La construcción y explotación del hospital de Son Espases, que el Gobierno de centro izquierda de Francesc Antich intentó paralizar en 2007 por su vis polémica y su impacto, fue adjudicada por el Ejectivo de Jaume Matas a la unión de Dragados(ACS)-Fomento, más Melchor Mascaró-Llabrés Feliu por 635 millones de euros. La edificación del complejo hospitalario -interrumpida parcialmente por hallazgos arqueológicos- está a punto de culminar, para que el cento sea estrenado en 2011.
La decisión de Matas de ubicar el macro hospital en Son Espases, en suelo rústico y en el entorno monumental de un monasterio, generó denuncias por operaciones de especulación y acciones callejeras y en los tribunales de los vecinos afectados. Los colectivos sociales y de la comunidad religiosa afectados consideran que el Tribunal Superior ha ordenado la paralización. El Gobierno balear discrepa de esta apreciación, pendiente de valoraciones de sus juristas.
Matas se empeñó entre 2003 y 2007 en construir grandes infraestructuras, "rápidamente y sin miedo", dijo: autopistas, palacios de congresos, metro, ópera, velódromos y hospitales. La mayor parte de los proyectos generaron grandes problemas técnicos, sociales y duplicaron el coste previsto.
lunes, 25 de mayo de 2009
RETROACTIVIDAD ILEGAL
En plena campaña electoral, la Presidenta de la Comunidad de Madrid acudirá a la inauguración de la sede del PP local villalbino sito en el Centro Comercial Puerta de Villalba, en Collado Villalba ( Pueblo).
Lejos de tratar asuntos espinosos como pueda ser la supuesta financiación irregular del PP por medio de la fundación Fundescam, no siendo éste nuestro ámbito natural de actuación en el que nos desenvolvemos, pero que nos afecta a todos los ciudadanos por constituir una forma de entender la DEMOCRACIA trazada con renglones torcidos en los despachos de nuestros representantes políticos institucionales, es de suponer que la Sra. Presidenta se presente en nuestro municipio como adalid liberal en la defensa de las reglas del juego democrático y el sometimiento a la ley que supone el asentamiento pleno en España del Estado de Derecho, otorgado por nuestro Ordenamiento Jurídico y que tiene como su piedra de toque principal la Constitución.
Pues bien, si es así, y ciñéndonos en exclusiva a nuestra querida CHOPERA villalbina, nos gustaría saber de boca de la Presidenta si el procedimiento llevado a cabo en la elaboración del proyecto de construcción del hospital en la citada arboleda es el correcto. Puesto que, como ha de saber la Presidenta, según el artículo 103 de la Constitución los poderes públicos, en su funcionamiento han de someterse “escrupulosamente a lo dictado por el ordenamiento jurídico, a lo establecido por la ley y el Derecho”. No parecer ser el caso de la Chopera, en este sentido, ya que incumpliendo todas las normas y disposiciones de Derecho Ambiental ( Ley de Aguas, Ley Forestal, Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, Reglamento de Planeamiento , PGOU de Collado Villalba, etc. ) , la administración regional se ha sacado de la manga un Decreto que en fondo, tiempo y forma atenta de forma inmisericorde contra aquel. No es el momento de enumerar los numerosos incumplimientos e irregularidades que, por otra parte, ya hemos denunciado sistemáticamente. Tan solo incidiremos en una cuestión fundamental que hasta el momento - en el fragor de la lucha diaria contra el atropello medioambiental que se quiere llevar a cabo – no habíamos recabado:
El Decreto 92 / 2008 de 10 de Julio, por el que se regulan las modificaciones puntuales no sustanciales es publicado en el BOCAM el 29 de Julio, entrando en vigor al día siguiente.
Teniendo en cuenta que el Protocolo de actuación es anterior, así como el Estudio de Impacto Ambiental, cuyo periodo de información pública empieza el día 17 de Julio y acaba el 9 de Agosto, está claro que les roba a los ciudadanos la posibilidad de conocimiento de un hecho legal de extraordinaria importancia para poder alegar, atentando directamente contra el principio de legalidad normativa en el momento de su producción, la seguridad jurídica y la irretroactividad de las disposiciones restrictivas de derechos individuales ( en relación al artículo 45 de la Constitución “ Derecho a disfrutar de un medio ambiente digno”), principios que quedan consagrados en el artículo 9.3, Título Preliminar de la Const.
Reiterando que el mencionado Decreto es la piedra de toque fundamental por el que se quiere cambiar la calificación en cuanto a medios legales se refiere, y pasando las garantías las garantías procedimentales en el Estudio de Impacto Ambientales a un segundo término por desahuciadas, ¿ qué opinión le merece a la Presidenta semejante caso de retroactividad prohibida por la Constitución? Resultando, además, que la Declaración de Impacto Ambiental, la prueba científica probatoria, no existe, como primer paso previo de imprescindible rigor.
Lejos de tratar asuntos espinosos como pueda ser la supuesta financiación irregular del PP por medio de la fundación Fundescam, no siendo éste nuestro ámbito natural de actuación en el que nos desenvolvemos, pero que nos afecta a todos los ciudadanos por constituir una forma de entender la DEMOCRACIA trazada con renglones torcidos en los despachos de nuestros representantes políticos institucionales, es de suponer que la Sra. Presidenta se presente en nuestro municipio como adalid liberal en la defensa de las reglas del juego democrático y el sometimiento a la ley que supone el asentamiento pleno en España del Estado de Derecho, otorgado por nuestro Ordenamiento Jurídico y que tiene como su piedra de toque principal la Constitución.
Pues bien, si es así, y ciñéndonos en exclusiva a nuestra querida CHOPERA villalbina, nos gustaría saber de boca de la Presidenta si el procedimiento llevado a cabo en la elaboración del proyecto de construcción del hospital en la citada arboleda es el correcto. Puesto que, como ha de saber la Presidenta, según el artículo 103 de la Constitución los poderes públicos, en su funcionamiento han de someterse “escrupulosamente a lo dictado por el ordenamiento jurídico, a lo establecido por la ley y el Derecho”. No parecer ser el caso de la Chopera, en este sentido, ya que incumpliendo todas las normas y disposiciones de Derecho Ambiental ( Ley de Aguas, Ley Forestal, Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, Reglamento de Planeamiento , PGOU de Collado Villalba, etc. ) , la administración regional se ha sacado de la manga un Decreto que en fondo, tiempo y forma atenta de forma inmisericorde contra aquel. No es el momento de enumerar los numerosos incumplimientos e irregularidades que, por otra parte, ya hemos denunciado sistemáticamente. Tan solo incidiremos en una cuestión fundamental que hasta el momento - en el fragor de la lucha diaria contra el atropello medioambiental que se quiere llevar a cabo – no habíamos recabado:
El Decreto 92 / 2008 de 10 de Julio, por el que se regulan las modificaciones puntuales no sustanciales es publicado en el BOCAM el 29 de Julio, entrando en vigor al día siguiente.
Teniendo en cuenta que el Protocolo de actuación es anterior, así como el Estudio de Impacto Ambiental, cuyo periodo de información pública empieza el día 17 de Julio y acaba el 9 de Agosto, está claro que les roba a los ciudadanos la posibilidad de conocimiento de un hecho legal de extraordinaria importancia para poder alegar, atentando directamente contra el principio de legalidad normativa en el momento de su producción, la seguridad jurídica y la irretroactividad de las disposiciones restrictivas de derechos individuales ( en relación al artículo 45 de la Constitución “ Derecho a disfrutar de un medio ambiente digno”), principios que quedan consagrados en el artículo 9.3, Título Preliminar de la Const.
Reiterando que el mencionado Decreto es la piedra de toque fundamental por el que se quiere cambiar la calificación en cuanto a medios legales se refiere, y pasando las garantías las garantías procedimentales en el Estudio de Impacto Ambientales a un segundo término por desahuciadas, ¿ qué opinión le merece a la Presidenta semejante caso de retroactividad prohibida por la Constitución? Resultando, además, que la Declaración de Impacto Ambiental, la prueba científica probatoria, no existe, como primer paso previo de imprescindible rigor.
martes, 19 de mayo de 2009
PUNTUALIZACIONES SOBRE EL DEBATE UBICACIÓN DEL HOSPITAL EN LA CHOPERA.
LOS DESAYUNOS DEL FARO DEL GUADARRAMA.
ANTE LA CATERVA DE MENTIRAS, FALSEDADES VERTIDAS POR LAS REPRESENTANTES DEL PP Y PSOE, Y DEMÁS ACTUACIONES IRREGULARES CONCERNIENTES AL INICIO Y LA ACTUAL FASE DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN EL QUE SE ENCUENTRA LA CHOPERA.
En primer lugar, hemos de resaltar el hecho sintomático de la AUSENCIA a la charla - debate tanto del Alcalde de Collado Villalba, José Pablo González, responsable directo del inicio del proceso, como del Concejal de Urbanismo, Juan José Morales, el Director de Urbanismo del Ayuntamiento, Jesús García del Burgo, y también, por qué no, del Arquitecto municipal, para defender las tesis favorables a la urbanización de la Chopera, Y LA LEGALIDAD O NO DE LA MISMA. La falta de argumentos técnicos y normativos aportados en este sentido, se ve reforzado por la inconsistencia y falta de convicción de la concejal de Sanidad, Amparo Ortiz, en la explicación de las razones por las cuales se decide ubicar la instalación sanitaria en la Chopera, y no en otro lugar urbanizable ya de por sí, que se vio en la necesidad de la realización de varias llamadas telefónicas en el transcurso del debate, con el objetivo de la obtención de información pertinente del Ayuntamiento.
En relación a las tesis encontradas entre sí de la Sra. Concejala de Sanidad, y la representante del PP en la materia, Mariola Vargas, en torno al número de terrenos ofrecidos a la CAM, hemos de manifestar que tan solo fue el correspondiente a la Chopera ( “Cercas de la Póveda”, finca nº 139 del Inventario ) según se desprende del INFORME DE IDONEIDAD AMBIENTAL emitido por la concejalía de urbanismo y remitido a la Consejería de Urbanismo y Medio Ambiente de CAM. Si bien aparecen dos terrenos urbanizables más, el propio consistorio villalbino los descarta en el mismo informe sin ningún tipo de estudio técnico a fondo realizado al respecto, pareciendo más bien su inclusión y posterior rechazo en el mismo informe una auto – justificación para ofrecer a la CAM solo la Chopera. Por lo tanto, teniendo en cuenta el rechazo aludido, solo es un terreno el que se aporta a la CAM, que hubiera de haber sido la administración competente en dirimir la conveniencia de los terrenos, con una labor meramente técnica, profesional y ambiental. De mantenerse la tesis socialista, se podrá interpretar la no urgencia ó falta de interés público en la ubicación del hospital en un determinado sector no urbanizable por su valor natural, puesto que ellos mismos están reconociendo que existen otras parcelas municipales con los dos requisitos principales, ser urbanizables y de mayor cabida.
Con respecto a las afirmaciones realizadas por la Sra. Vargas sobre el actual estado del procedimiento administrativo, cabe preguntarse si su conocimiento exhaustivo de los plazos, vicisitudes y certeza final de la ejecución del proyecto, en interpelación continua con la Consejería de Medio Ambiente e interdependencia, no se trata de una actuación cargada de información privilegiada, pues al menos en teoría hasta que no se pronuncie el órgano ambiental pertinente, es decir, la Dirección Gral de Evaluación Ambiental, no se sabe el contenido de su resolución. ¿ Entonces, pues, por qué sabe la dirección que tomará dicho órgano? ¿ Acaso no es una interferencia ilegal más en el procedimiento y la labor técnica y neutra de los profesionales habilitados al efecto, condicionando dicha connivencia política la decisión de estos? Y viceversa, la susodicha información , ¿ de qué fuentes han salido?
Y más teniendo en cuenta que Ella no pertenece al equipo de gobierno actual, lo cual no justifica que éste sí que pueda intervenir en tal sentido intromisorio, hecho de relativa gravedad que alegaremos en su momento. ¿ Dónde están las garantías de publicidad (en el momento adecuado ) , objetividad e imparcialidad que exige la normativa reguladora de las actuaciones administrativas?
Sin embargo, no hay mal que por bien no venga, puesto que merced a su intervención oral en los Desayunos, nos hemos podido enterar que se está a la espera de recabar un importante informe de transportes, como parece dejar entrever sus palabras en sentido positivo a la actuación urbanizadora, lo cual no deja de ser significativo, pues, a parte de estar ya condicionado por estas interferencias políticas, se transgrede el Decreto 92/2008 de 10 de Agosto, por el que se regulan las Modificaciones Puntuales No Sustanciales en cuanto a los plazos temporales de tramitación se refiere. Se lo recordaremos sucintamente, enunciando de modo literal lo que dispone el decreto aprobado ad hoc en el verano de 2008 para el caso de la Chopera:
“El procedimiento de tramitación de las modificaciones puntuales no sustanciales de planeamiento se desarrollará conforme a las siguientes reglas:
1. El procedimiento se iniciará a propuesta del Alcalde, que someterá la modificación a información pública por el plazo mínimo de un mes con los requisitos establecidos el artículo 56 bis de la Ley 9/2001.
ANTE LA CATERVA DE MENTIRAS, FALSEDADES VERTIDAS POR LAS REPRESENTANTES DEL PP Y PSOE, Y DEMÁS ACTUACIONES IRREGULARES CONCERNIENTES AL INICIO Y LA ACTUAL FASE DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN EL QUE SE ENCUENTRA LA CHOPERA.
En primer lugar, hemos de resaltar el hecho sintomático de la AUSENCIA a la charla - debate tanto del Alcalde de Collado Villalba, José Pablo González, responsable directo del inicio del proceso, como del Concejal de Urbanismo, Juan José Morales, el Director de Urbanismo del Ayuntamiento, Jesús García del Burgo, y también, por qué no, del Arquitecto municipal, para defender las tesis favorables a la urbanización de la Chopera, Y LA LEGALIDAD O NO DE LA MISMA. La falta de argumentos técnicos y normativos aportados en este sentido, se ve reforzado por la inconsistencia y falta de convicción de la concejal de Sanidad, Amparo Ortiz, en la explicación de las razones por las cuales se decide ubicar la instalación sanitaria en la Chopera, y no en otro lugar urbanizable ya de por sí, que se vio en la necesidad de la realización de varias llamadas telefónicas en el transcurso del debate, con el objetivo de la obtención de información pertinente del Ayuntamiento.
En relación a las tesis encontradas entre sí de la Sra. Concejala de Sanidad, y la representante del PP en la materia, Mariola Vargas, en torno al número de terrenos ofrecidos a la CAM, hemos de manifestar que tan solo fue el correspondiente a la Chopera ( “Cercas de la Póveda”, finca nº 139 del Inventario ) según se desprende del INFORME DE IDONEIDAD AMBIENTAL emitido por la concejalía de urbanismo y remitido a la Consejería de Urbanismo y Medio Ambiente de CAM. Si bien aparecen dos terrenos urbanizables más, el propio consistorio villalbino los descarta en el mismo informe sin ningún tipo de estudio técnico a fondo realizado al respecto, pareciendo más bien su inclusión y posterior rechazo en el mismo informe una auto – justificación para ofrecer a la CAM solo la Chopera. Por lo tanto, teniendo en cuenta el rechazo aludido, solo es un terreno el que se aporta a la CAM, que hubiera de haber sido la administración competente en dirimir la conveniencia de los terrenos, con una labor meramente técnica, profesional y ambiental. De mantenerse la tesis socialista, se podrá interpretar la no urgencia ó falta de interés público en la ubicación del hospital en un determinado sector no urbanizable por su valor natural, puesto que ellos mismos están reconociendo que existen otras parcelas municipales con los dos requisitos principales, ser urbanizables y de mayor cabida.
Con respecto a las afirmaciones realizadas por la Sra. Vargas sobre el actual estado del procedimiento administrativo, cabe preguntarse si su conocimiento exhaustivo de los plazos, vicisitudes y certeza final de la ejecución del proyecto, en interpelación continua con la Consejería de Medio Ambiente e interdependencia, no se trata de una actuación cargada de información privilegiada, pues al menos en teoría hasta que no se pronuncie el órgano ambiental pertinente, es decir, la Dirección Gral de Evaluación Ambiental, no se sabe el contenido de su resolución. ¿ Entonces, pues, por qué sabe la dirección que tomará dicho órgano? ¿ Acaso no es una interferencia ilegal más en el procedimiento y la labor técnica y neutra de los profesionales habilitados al efecto, condicionando dicha connivencia política la decisión de estos? Y viceversa, la susodicha información , ¿ de qué fuentes han salido?
Y más teniendo en cuenta que Ella no pertenece al equipo de gobierno actual, lo cual no justifica que éste sí que pueda intervenir en tal sentido intromisorio, hecho de relativa gravedad que alegaremos en su momento. ¿ Dónde están las garantías de publicidad (en el momento adecuado ) , objetividad e imparcialidad que exige la normativa reguladora de las actuaciones administrativas?
Sin embargo, no hay mal que por bien no venga, puesto que merced a su intervención oral en los Desayunos, nos hemos podido enterar que se está a la espera de recabar un importante informe de transportes, como parece dejar entrever sus palabras en sentido positivo a la actuación urbanizadora, lo cual no deja de ser significativo, pues, a parte de estar ya condicionado por estas interferencias políticas, se transgrede el Decreto 92/2008 de 10 de Agosto, por el que se regulan las Modificaciones Puntuales No Sustanciales en cuanto a los plazos temporales de tramitación se refiere. Se lo recordaremos sucintamente, enunciando de modo literal lo que dispone el decreto aprobado ad hoc en el verano de 2008 para el caso de la Chopera:
“El procedimiento de tramitación de las modificaciones puntuales no sustanciales de planeamiento se desarrollará conforme a las siguientes reglas:
1. El procedimiento se iniciará a propuesta del Alcalde, que someterá la modificación a información pública por el plazo mínimo de un mes con los requisitos establecidos el artículo 56 bis de la Ley 9/2001.
Simultáneamente, se solicitarán los informes sectoriales necesarios que deberán emitirse en el mismo plazo de la información pública. Si no se emitieran en dicho plazo, se entenderán favorables a la tramitación de la modificación...”
Si como se deduce de su intervención ( suponemos que sabrá la fecha de emisión ), el informe se ha sacado a la luz pasado el mes correspondiente de la información pública, se trata de otro incumplimiento ilegal de la normativa que supone un supuesto más de impugnación. Además, será de apreciar en el caso, que no se puede alegar silencio administrativo pasado el mes , puesto que se reconoce su existencia física, incumpliendo el deber de realizarse en el mes de información pública. Y a sensu contrario, para el resto de los informe sectoriales se invalida la posibilidad de acogerse al silencio administrativo positivo, pues lo que no prima en el primero ( resolución expresa en el mes correspondiente), no puede otorgar carta de naturaleza a la inexistencia de las correspondientes resoluciones de los otros sectores, considerándolo como silencio administrativo positivo, puesto que la existencia real fuera de plazo del informe de transportes desactiva la efectividad del silencio de los otros.
Por otra parte, y terminando con el punto de los plazos temporales y los informes, hemos de recordar que el principal documento evaluatorio no existe, esto es, la DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, habiendo transcurrido más de un año desde que el órgano ambiental tuvo conocimiento del Estudio de impacto Ambiental, y no habiéndose llevado a cabo tal resolución probatoria. Es por ello, que en el Debate no se cita circunstancia vital para el desarrollo del proceso. Recordando , además, que la DIA , según la normativa ambiental, ha de ser previa a cualquier permiso de actuación, como de hecho es, la autorización de actuación en policía de cauces y el propio expediente de modificación puntual. Queremos creer, que Ricardo Terrón, de IU, al hacer alusión al deber de hacer el procedimiento de evaluación después de la modificación, se refiere a la Evaluación Ambiental Estratégica, y no al Estudio de Impacto Ambiental, cosas que son diferentes.
Para terminar, hemos de manifestar que lamentamos que el Colectivo Salvemos la Chopera no haya podido acudir al encuentro matutino para hacerse oír en las mismas condiciones que el resto de grupos, hecho que sin duda se debió a las contingencias comunes de la vida cotidiana. Hubiéramos dejado bien clara nuestra situación al respecto, y en todo caso, nos hubiera gustado preguntar tanto a PP como PSOE si todavía consideran superior la idoneidad de la Chopera con respecto al Caño de la Fragua, a sabiendas que la primera opción supone un peligro potencial de inundación, con los correspondientes daños que podría acarrear al Hospital, tal y como ha dejado meridianamente claro la Confederación Hidrográfica del Tajo.
lunes, 27 de abril de 2009
LA SOBERBIA DEL ALCALDE NO TIENE LÍMITES
El pasado viernes 24 de Abril por la tarde , a eso de las 16.30 , varios volquetes y una excavadora han entrado en la zona de la Chopera, concretamente a lo largo del camino público que va a hacia el cercano pueblo de Moralzarzal. En un principio ha empezado la excavadora a horadar en los márgenes del camino, pero posteriormente han entrado dos volquetes con tierra para tapar los numerosos baches del camino.
Ante esta situación, tan solo podemos decir que nos congratulemos que de una vez por todas el Ayuntamiento se decida a arreglar ese camino, que será ocupado y destrozado totalmente de construirse el hospital (ya hemos visto el mapa del proyecto). El mismo Consistorio es el principal culpable del lamentable estado en el que está, pues permitió su degradación al permitir la entrada de todo tipo de vehículos, como si de una carretera rodada se tratara, para acelerar la degradación del lugar. Ellos mismos, Alcalde y concejales, son los responsabbles de la eliminación de la barrera que existía, una cadena, que ejercía de límite a la entrada de los vehículos. Por ello, manifestamos que este nuevo regenarionismo caminero es falso, así como su voluntad de realizar un nuevo inventario de caminos, hoy día inexistente, con el único motivo declarado de cobrar la subvención. ¿Desde cuándo esta gente se ha interesado por estas cuestiones? Nunca, los conocemos bien, y no nos pueden engañar. Más bien este tipo de actuación responde a dos cuestiones que hemos estudiado detenidamente, y que explicamos a continuación: Por un lado, conociendo la personalidad del que lleva el bastón de mando municipal, está claro que ha sido un ataque de histeria y soberbia por la denuncia que se realiza en EL FARO DE GUADARRAMA en la carta a Tomás Gómez, secretario del PSM, en la que se deja meridianamente claro los flirteos de Jp con la derecha económica en la privatización de la sanidad, algo especialmente indigerible para el PSM, en su estrategia, al menos retórica, de su confrontación partidista con Esperanza Aguirre en esta cuestión (de indudable trascendencia electoral). Sacando a la luz pública los deváneos de JP en esta materia con la Presidenta, se deja muy en entredicho la línea política del PSM en la defensa de la Sanidad Pública (reiteramos que más retórica que otra cosa ). Esta situación, Jp no la puede soportar, y es por eso que ha tenido una de esas salidas ó huidas hacia adelante que suele tener cuando se siente acosado por sue errores de bulto y acusado de nepotismo. Se trata de una especie de desafío sin sentido que lanza a las personas que estamos por la defensa íntegra de la Chopera. Pero también hay una parte de estrategia a muy corto plazo, y por ello ridícula, consistente en la provocación. Él muy ingenuo se cree que nos chupamos el dedo. Piensa que vamos a ir allí a pedir los permisos por las actuaciones que están realizando en el camino, para luego darle pie a desacreditarnos ante la sociedad villalbina, tachándonos de irresponsables ó ecologistas de pacotilla por no comprender que están realizando una gran labor de recuperación medioambiental y de nuestro patrimonio escaso de caminos, por no decir también que se trata de una de las actuaciones previstas en la terna de medidas para la creación de empleo que están inmersas dentro del programa de actuaciones qeu contempla el fondo estatal para la creación de empleo en el ámbito municipal. En este sentido, si Nosotros fuéramo a ver que están haciendo, nos acusarían ante la población de no querer el progreso económico y poco menos que somos los causantes de la crisis, precisamente hoy que hemos superado los cuatro millones. En esta estrategia de demonización , ellos aparecerían como los salvadores momentáneos, obviando el gran de derroche para el erario público que supone sus astronómicos sueldos. Per no, no vamos a caer en la trampa. Están ya muy vistos, y sabemos como se las gastan. Por eso mismo, les animamos a que continúen así y arreglen el camino que ellos mismos destruyeron con calculada negligencia. Y de paso, y ya que se han vuelto tan buenos camineros, les invitamos a que no hagan la obra especulativa proyectada, que se carga el mismo camino a Moralzarzal que están recomponiendo hoy ( reiteramos que hemos visto el mapa, y se lo "zampan" ), y continúen con el mismo método recomponedor con la Calle OSCURA , camino público que se han repartido las distintas parcelaciones realizadas por la Junta de compensación en el sector Prado Manzano (al lado de Peñanevada II, en la carretera que va a Moralzarzal ó M - 608), ó por ejemplo con las distintas usurpaciones y apropiaciones indebidas de los caminos públicos de Navapelayo y del camino público que parte de la urbanización El Mirador en C. Villalba - Pueblo, y va a Hoyo de Manzanares, ambos intrusados por sendas propiedades rústicas. Que sigan por este camino, que sigan; sería un broche de oro para su entrada en la Sociedad Caminera que se está fragüando en la Sierra. Pero nos tememos que sea, como ya hemos dicho, una falsa predisposición que encierra la falta de recursos para atajar una creciente oposición social a los desmanes urbanísticos del valido de todos los truhanes capitalistas especuladores, con su personalidad acomplejada y enfermiza. Nosotros , por nuestra parte, les estamos esperando de manera sólida, con la firme resolución de impedirles que cometan el atropello medioambiental que quieren realizar.
Y tomaremos las medidas adecuadas en el momento oportuno. De hecho, ya lo tenemos preparado.
En otro orden de cosas, el dia anterior hicieron, con ayuda de un globo aeroestatico, fotos sobre la Chopera. Los operarios tenian el plano con las marcas de los lugares a fotografiar.
domingo, 19 de abril de 2009
HOSPITAL SON ESPASES VELL Muy parecido A LA CHOPERA
Recibo un correo electrónico en el que un amigo me comunica que el Tribunal Supremo acaba de dictaminar la suspensión de la modificación puntual del PGOU de Palma de Mallorca relacionada con la construcción de un hospital ‘Son Espases Vell’, advirtiéndome que el caso puede ser muy similar al de La Chopera de Collado Villalba, donde el Ayuntamiento también ha aprobado una modificación puntual del Plan General para recalificar unos terrenos protegidos para poder construir sobre ellos el futuro hospital comarcal, acuerdo que ya ha sido denunciado ante la Fiscalía de Medio Ambiente por afectar, entre otros, a una amplia zona de arbolado y al cauce del arroyo de La Poveda.
El alto tribunal, me dice el compañero de la prensa balear al que acudimos para que nos facilitase la sentencia -que obviamente va a sentar jurisprudencia en este tipo de asuntos urbanísticos- “ha dado un toque de atención a todos aquellos que amparados en un falso interés general y sin hacer caso de la legislación vigente pensaron que podían pasar por encima del derecho constitucional que asiste a todo ciudadano a ejercitar la acción popular”. Y así se se entiende tras leer la sentencia, sobre todo cuando dice: “...Las flagrantes conculcaciones que se denuncian en el procedimiento para la aprobación de la modificación puntual del PGOU impugnada, cual son la falta de declaración de interés general por el órgano competente a fin de poder llevar a cabo la instalación del hospital en suelo rústico, la inexistencia del preceptivo estudio de alternativas técnicamente viables (...)”. Un precedente que puede compararse con la actitud mostrada hasta ahora por el Consistorio villalbino, que ni siquiera se ha dignado a contemplar otros posibles emplazamientos para el centro hospitalario.Y lo lamentable, esperemos que en Collado Villalba no ocurra lo mismo, es que dicha sentencia ha llegado en el momento en el que la construcción del citado hospital se encuentra en una fase bastante avanzada.
miércoles, 8 de abril de 2009
ESTANDO , COMO ESTÁ DISPONIBLE " EL CAÑO DE LA FRAGÜA", CON 100.000 METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE, Y CON UNA CALIFICACIÓN JURÍDICA DEFINIDA COMO SERVICIO PÚBLICO EN SU FICHA DEL INVENTARIO DE BIENES INMUEBLES MUNICIPAL. TODO UN CONTRASENTIDO LÓGICO PARA FAVORECER A UNOS POCOS, EN DETRIMENTO DE LA MAYORÍA.
Ref. 1254503/04/200908:59:43 AM (GMT+1)
SALVEMOS LA CHOPERA¡¡ ATENCIÓN A ESTE COMENTARIO SOBRE LA CHOPERA Y EL HOSPITL !! EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DEL PLAN GENERAL EN ESTE SECTOR "
Ref. 1254503/04/200908:59:43 AM (GMT+1)
SALVEMOS LA CHOPERA¡¡ ATENCIÓN A ESTE COMENTARIO SOBRE LA CHOPERA Y EL HOSPITL !! EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DEL PLAN GENERAL EN ESTE SECTOR "
Gestión y Ejecurción urbanística: .... Si fuera preciso incorporar terrenos por conexiones exteriores u otros conceptos, podrán ser obtenidos conforme lo dispuesto en el artículo 90 y ,en su caso, el artículo 138 de la Ley 9/2001". Es decir, en contra de lo establecido en el Convenio con la Comunidad, que obliga al Ayuntamiento a delimitar los límites físicos del proyecto y su parcela, en este caso no se concreta, para posteriormente ampliar éstos últimos e incorporar porciones importantes de parcelas colindantes, calificadas como Monte Preservado. En contra de la sensatez y el más mínimo atisbo de racionalidad, se decide encajonar el hospital en un sitio muy reducido, para crear a posteriori la necesidad de ampliar los límites y favorecer así los intereses de importantes propitarios rústicos colindantes, que no pueden dar salida a sus fincas por estar protegidas. ¡¡ HE AQUÍ UNA PARTE DEL NEGOCIO ESPECULATIVO QUE ESTÁ DETRÁS DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DEL HOSPITAL DE GESTIÓN PRIVADA !! Además , el Convenio con la Comunidad de Madrid es nulo de pleno derecho , pues, por ser de carácter ubanístico en la gestión de su ubicación, debió de ser aprobado por el Pleno del Ayuntamiento, según la Ley de Bases de Régimen Local
viernes, 20 de marzo de 2009
NOTA DE PRENSA. SALVEMOS LA CHOPERA
Desde el colectivo vecinal surgido para reivindicar la conservación y la protección de la Chopera de Collado Villalba, espacio natural salvaguardado por el Plan General de Ordenación Urbana como suelo forestal por estar calificado como Suelo de ribera afectado por dos arroyos, principalmente, consideramos del todo fraudulenta la modificación del Plan General en esta zona para su urbanización con el Hospital de Collado Villalba, pues no cumple con los requisitos pertinentes establecido tanto en la legislación de aguas, ni con la propia Ley de evaluación Ambiental, como para poder llevarse adelante sin menoscabo del ordenamiento jurídico que al efecto disponen las normas de protección medioambiental y de procedimiento en cuanto a las fuentes legítimas generadoras de dichas resoluciones administrativas o modificaciones.
Por de pronto, hemos de manifestar, que el máximo órgano consultivo de todas las Administraciones Públicas, el Consejo de Estado, en informe de fecha 3 de julio de 2008, solicitaba la retirada del apartado 2 del artículo 1 del Decreto 92/2008 por considerar que no se ajusta a la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. En este informe se indica que el mero hecho de que una Modificación sea aprobada por la mayoría absoluta no la califica de “no sustancial” . De igual forma se refiere al hecho de la concurrencia de “razones de interés social o utilidad pública”, por cuanto éstas deben darse siempre en toda modificación de los instrumentos de planeamiento, tanto si es sustancial como si no lo es. Recordemos además que el Decreto aludido, por el cual se aprueba la modificación y se esquiva la revisión reglamentada del PGOU con su correspondiente Estudio Ambiental Estratégico, se encuentra recurrido por su presunta inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
Sin embargo, y a pesar de la relevancia del método empleado en la aprobación, carente de rigor y contraste científico en cuanto a la valoración de la importancia natural del ecosistema que representa “La Chopera” como Monte Forestal, reconocido en la propia redacción del Estudio de Impacto Ambiental, existen tres aspectos de especial gravedad que nos definen bien a las claras el oscurantismo y la ilegalidad en la que está inmerso el proceso político – administrativo de recalificación de unos terrenos de gran trascendencia medioambiental:
En primer lugar, el periodo del procedimiento de evaluación ambiental ha expirado hace bastante tiempo ya, siendo la legislación taxativa al respecto, y estableciendo el carácter negativo de la Declaración de Impacto Ambiental por haber transcurrido los cinco meses preceptivos sin resolución expresa, teniendo en cuenta que la modificación inicial del Planeamiento se ha realizado antes que la anterior sin atender ni en la espera ni en el contenido a lo dispuesto por el órgano ambiental que ha de dirimir el ajuste al Derecho Medioambiental de la obra del Hospital en la Chopera.
Pero además, queremos llamar la atención sobre una cuestión verdaderamente alarmante en torno a la autorización de la Confederación Hidrográfica del Tajo para la construcción del recinto sanitario en la policía de cauces y Dominio Público Hidráulico del Arroyo de la Póveda, pues a pesar del peligro real de inundación de la zona permite que se lleve a cabo las actuaciones urbanísticas en la zona de ribera del arroyo perteneciente a su jurisdicción. En este sentido, consideramos que la resolución por la que se concede dicha autorización incumple la Ley de Aguas y el Reglamento de Protección del Dominio Público Hidráulico, no existiendo ningún asidero legal en el que basar ésta decisión, amén de la irresponsabilidad y cobardía que supone abandonar a la suerte del azar la seguridad física del mismo Hospital, cuando en una de sus condiciones la Confederación afirma textualmente que “no responde de los daños que pudieran ser ocasionados a la obra ejecutada por causa de crecidas que se produzcan en el cauce, tanto ordinarias como extraordinarias”.
Asimismo, y en relación a todo lo expuesto hasta el momento, desde el Colectivo Salvemos la Chopera hemos podido comprobar de manera fehaciente que no existe ningún tipo de reserva de suelo dotacional previa en el Planeamiento Urbanístico municipal de la que pueda partir las actuaciones urbanizadoras, tal y como exige el Reglamento de Planeamiento Urbanístico estatal, al respecto. Por otra parte, y en el mismo sentido arbitrario y nada esclarecedor, las delimitaciones físicas del sector ( 55688 m2 ) a través de las dos parcelas en las que se divide con distintas calificaciones urbanísticas ( Suelo Protegido por su Valor Natural con 44.866 m2 y Suelo Protegido de Ribera con 10.822 m2 ) resultan ser falsas en su concepción y tratamiento por el Consistorio villalbino, solapando la primera a la segunda y encubriendo totalmente los límites de la afección del Dominio Público Hidráulico que impone el principal arroyo de la zona. A esta conclusión hemos llegado tras analizar tanto el expediente de Modificación Puntual No Sustancial tramitado por la Concejalía de Urbanismo del municipio serrano, como el expediente de autorización de obra en policía de cauces otorgado por la Confederación y que forma parte del primero, pues la parcela más pequeña en extensión está conformada por el espacio y cabida correspondientes a la zona de servidumbre del arroyo , esto es , franja longitudinal de 5 metros del arroyo medidos a partir del mimo borde del mismo. El resto del Dominio Público Hidráulico, la zona de policía correspondiente a la franja longitudinal de 100 metros horizontales tomado como referencia de su inicio la zona de servidumbre, configurando ambos el Suelo Protegido de Ribera, cabe inferir que queda subsumida en la otra parcela con calificación distinta con una cabida de 44. 866 m2, llegando a la conclusión de que la autorización expedida por la Confederación H. T se ha realizado en una de las parcelas que no le correspondería, siguiendo el hilo de la argumentación lógico que impone el mismo expediente de modificación. Creemos que todo ello es totalmente fraudulento y no responde a los fundamentos que la seguridad jurídica y al ajuste a la Ley Forestal de Protección de la Naturaleza que en todo caso debiera prevalecer, reclamando de las autoridades regionales competentes la devolución y rechazo del proyecto, por mediar evidentes causas de manifiesta nulidad de Derecho, y en su caso, exigimos la intervención de Perito Agrimensor habilitado por la Consejería de Medio Ambiente, que pueda investigar y redefinir ( si procede ) los límites espaciales de la zona.
Por de pronto, hemos de manifestar, que el máximo órgano consultivo de todas las Administraciones Públicas, el Consejo de Estado, en informe de fecha 3 de julio de 2008, solicitaba la retirada del apartado 2 del artículo 1 del Decreto 92/2008 por considerar que no se ajusta a la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. En este informe se indica que el mero hecho de que una Modificación sea aprobada por la mayoría absoluta no la califica de “no sustancial” . De igual forma se refiere al hecho de la concurrencia de “razones de interés social o utilidad pública”, por cuanto éstas deben darse siempre en toda modificación de los instrumentos de planeamiento, tanto si es sustancial como si no lo es. Recordemos además que el Decreto aludido, por el cual se aprueba la modificación y se esquiva la revisión reglamentada del PGOU con su correspondiente Estudio Ambiental Estratégico, se encuentra recurrido por su presunta inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
Sin embargo, y a pesar de la relevancia del método empleado en la aprobación, carente de rigor y contraste científico en cuanto a la valoración de la importancia natural del ecosistema que representa “La Chopera” como Monte Forestal, reconocido en la propia redacción del Estudio de Impacto Ambiental, existen tres aspectos de especial gravedad que nos definen bien a las claras el oscurantismo y la ilegalidad en la que está inmerso el proceso político – administrativo de recalificación de unos terrenos de gran trascendencia medioambiental:
En primer lugar, el periodo del procedimiento de evaluación ambiental ha expirado hace bastante tiempo ya, siendo la legislación taxativa al respecto, y estableciendo el carácter negativo de la Declaración de Impacto Ambiental por haber transcurrido los cinco meses preceptivos sin resolución expresa, teniendo en cuenta que la modificación inicial del Planeamiento se ha realizado antes que la anterior sin atender ni en la espera ni en el contenido a lo dispuesto por el órgano ambiental que ha de dirimir el ajuste al Derecho Medioambiental de la obra del Hospital en la Chopera.
Pero además, queremos llamar la atención sobre una cuestión verdaderamente alarmante en torno a la autorización de la Confederación Hidrográfica del Tajo para la construcción del recinto sanitario en la policía de cauces y Dominio Público Hidráulico del Arroyo de la Póveda, pues a pesar del peligro real de inundación de la zona permite que se lleve a cabo las actuaciones urbanísticas en la zona de ribera del arroyo perteneciente a su jurisdicción. En este sentido, consideramos que la resolución por la que se concede dicha autorización incumple la Ley de Aguas y el Reglamento de Protección del Dominio Público Hidráulico, no existiendo ningún asidero legal en el que basar ésta decisión, amén de la irresponsabilidad y cobardía que supone abandonar a la suerte del azar la seguridad física del mismo Hospital, cuando en una de sus condiciones la Confederación afirma textualmente que “no responde de los daños que pudieran ser ocasionados a la obra ejecutada por causa de crecidas que se produzcan en el cauce, tanto ordinarias como extraordinarias”.
Asimismo, y en relación a todo lo expuesto hasta el momento, desde el Colectivo Salvemos la Chopera hemos podido comprobar de manera fehaciente que no existe ningún tipo de reserva de suelo dotacional previa en el Planeamiento Urbanístico municipal de la que pueda partir las actuaciones urbanizadoras, tal y como exige el Reglamento de Planeamiento Urbanístico estatal, al respecto. Por otra parte, y en el mismo sentido arbitrario y nada esclarecedor, las delimitaciones físicas del sector ( 55688 m2 ) a través de las dos parcelas en las que se divide con distintas calificaciones urbanísticas ( Suelo Protegido por su Valor Natural con 44.866 m2 y Suelo Protegido de Ribera con 10.822 m2 ) resultan ser falsas en su concepción y tratamiento por el Consistorio villalbino, solapando la primera a la segunda y encubriendo totalmente los límites de la afección del Dominio Público Hidráulico que impone el principal arroyo de la zona. A esta conclusión hemos llegado tras analizar tanto el expediente de Modificación Puntual No Sustancial tramitado por la Concejalía de Urbanismo del municipio serrano, como el expediente de autorización de obra en policía de cauces otorgado por la Confederación y que forma parte del primero, pues la parcela más pequeña en extensión está conformada por el espacio y cabida correspondientes a la zona de servidumbre del arroyo , esto es , franja longitudinal de 5 metros del arroyo medidos a partir del mimo borde del mismo. El resto del Dominio Público Hidráulico, la zona de policía correspondiente a la franja longitudinal de 100 metros horizontales tomado como referencia de su inicio la zona de servidumbre, configurando ambos el Suelo Protegido de Ribera, cabe inferir que queda subsumida en la otra parcela con calificación distinta con una cabida de 44. 866 m2, llegando a la conclusión de que la autorización expedida por la Confederación H. T se ha realizado en una de las parcelas que no le correspondería, siguiendo el hilo de la argumentación lógico que impone el mismo expediente de modificación. Creemos que todo ello es totalmente fraudulento y no responde a los fundamentos que la seguridad jurídica y al ajuste a la Ley Forestal de Protección de la Naturaleza que en todo caso debiera prevalecer, reclamando de las autoridades regionales competentes la devolución y rechazo del proyecto, por mediar evidentes causas de manifiesta nulidad de Derecho, y en su caso, exigimos la intervención de Perito Agrimensor habilitado por la Consejería de Medio Ambiente, que pueda investigar y redefinir ( si procede ) los límites espaciales de la zona.
martes, 3 de marzo de 2009
ATENCIÓN A ESTE COMENTARIO SOBRE LA CHOPERA Y SU URBANIZACIÓN
EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL P.G.O.U EN LA CHOPERA, EN ACTUAL FASE DE INFORMACIÓN PÚBLICA.
Punto 1.7 Tramitación medioambiental del Hospital ( pag. 25. volumen II )
De acuerdo con el apartado 52 ( hospitales ) del Anexo III, de la Ley 2/2002, de 19 de Junio, de Evaluación Ambiental de la CAM, la construcción de hospitales es una actividad sujeta al Procedimiento Abreviado de Evaluación de Impacto Ambiental, debiendo iniciarse el procedimiento con la redacción del E. I. A del proyecto en cuestión.
Este estudio se realizó por encargo de la Consejería de Sanidad . En él se definieron los efectos ambientales derivados del emplazamiento, construcción y funcionamiento del nuevo hospital de C. Villalba, así como la concreción de medidas preventivas, correctoras y compensatorias que minimicen y hagan compatible el proyecto. (] AQUÍ LA NEUTRALIDAD BRILLA POR SU AUSENCIA, PUESTO QUE YA ESTÁN CONDICIONANDO CON LAS SUSODICHAS MEDIDAS LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, ANTICIPÁNDOSE AL JUICIO DEL ÓRGANO AMBIENTAL QUE ES EL COMPETENTE ).]* Nota interna de apreciación del colectivo Salvemos la Chopera .
( Continúa el escrito ):
Una vez iniciado el Procedimiento Ambiental, a la actual fecha no ha sido obtenida la Declaración de Impacto Ambiental, siendo ésta VINCULANTE.
En caso que dicha Declaración sea emitida previa a la aprobación definitiva de esta Modificación Puntual, DEBERÁ INCORPORARSE A ÉSTA, FORMANDO PARTE DE SU CUERPO NORMATIVO.
.....................................................................
Punto 1.7 Tramitación medioambiental del Hospital ( pag. 25. volumen II )
De acuerdo con el apartado 52 ( hospitales ) del Anexo III, de la Ley 2/2002, de 19 de Junio, de Evaluación Ambiental de la CAM, la construcción de hospitales es una actividad sujeta al Procedimiento Abreviado de Evaluación de Impacto Ambiental, debiendo iniciarse el procedimiento con la redacción del E. I. A del proyecto en cuestión.
Este estudio se realizó por encargo de la Consejería de Sanidad . En él se definieron los efectos ambientales derivados del emplazamiento, construcción y funcionamiento del nuevo hospital de C. Villalba, así como la concreción de medidas preventivas, correctoras y compensatorias que minimicen y hagan compatible el proyecto. (] AQUÍ LA NEUTRALIDAD BRILLA POR SU AUSENCIA, PUESTO QUE YA ESTÁN CONDICIONANDO CON LAS SUSODICHAS MEDIDAS LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, ANTICIPÁNDOSE AL JUICIO DEL ÓRGANO AMBIENTAL QUE ES EL COMPETENTE ).]* Nota interna de apreciación del colectivo Salvemos la Chopera .
( Continúa el escrito ):
Una vez iniciado el Procedimiento Ambiental, a la actual fecha no ha sido obtenida la Declaración de Impacto Ambiental, siendo ésta VINCULANTE.
En caso que dicha Declaración sea emitida previa a la aprobación definitiva de esta Modificación Puntual, DEBERÁ INCORPORARSE A ÉSTA, FORMANDO PARTE DE SU CUERPO NORMATIVO.
.....................................................................
Hasta aquí el contenido del expediente en ése apartado literal en el expediente.
Lo que pretenden hacer es del todo ilegal, puesto que el plazo de emisión de la Declaración ha expirado hace mucho tiempo ya, en concreto 5 meses, según la Ley de Evaluación Ambiental, y, en el procedimiento abreviado se considera negativa la misma declaración por no haberse dictado expresamente en el plazo estipulado. VAN A INTENTAR COLAR UN NUEVO FRAUDE DE LEY, PUESTO QUE COMO BIEN DICEN ELLOS MISMOS ES VINCULANTE, Y EMITIR UNA DECLARACIÓN POSITIVA FUERA DE PLAZO Y DESPUÉS DE LA APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN, ALGO QUE ES TOTALMENTE FRAUDULENTO. LO LEGAL ES : PRIMERO LA DECLARACIÓN ( POSITIVA Ó NEGATIVA ) , Y LUEGO SI PROCEDE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL.
¡ POR FAVOR, PASAD ÉSTA NOTICIA, POR EL BIEN DEL ESTADO DE DERECHO Y EL MEDIO AMBIENTE , Y EN CONTRA DEL NEPOTISMO Y LA ARBITRARIEDAD ¡
Gracias por vuestra atención, ¡ AÚPA CHOPERA!
Lo que pretenden hacer es del todo ilegal, puesto que el plazo de emisión de la Declaración ha expirado hace mucho tiempo ya, en concreto 5 meses, según la Ley de Evaluación Ambiental, y, en el procedimiento abreviado se considera negativa la misma declaración por no haberse dictado expresamente en el plazo estipulado. VAN A INTENTAR COLAR UN NUEVO FRAUDE DE LEY, PUESTO QUE COMO BIEN DICEN ELLOS MISMOS ES VINCULANTE, Y EMITIR UNA DECLARACIÓN POSITIVA FUERA DE PLAZO Y DESPUÉS DE LA APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN, ALGO QUE ES TOTALMENTE FRAUDULENTO. LO LEGAL ES : PRIMERO LA DECLARACIÓN ( POSITIVA Ó NEGATIVA ) , Y LUEGO SI PROCEDE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL.
¡ POR FAVOR, PASAD ÉSTA NOTICIA, POR EL BIEN DEL ESTADO DE DERECHO Y EL MEDIO AMBIENTE , Y EN CONTRA DEL NEPOTISMO Y LA ARBITRARIEDAD ¡
Gracias por vuestra atención, ¡ AÚPA CHOPERA!
Desaparece EL ARROYO DE LA POVEDA
SE CARGAN EL ARROYO DE LA PÓVEDA TOTALMENTE. La confederación Hidrográfica del Tajo, incumpliendo la normativa de protección de cauces y del dominio público hidraúlico, ha dado autorización para la edificación en la policía de cauces del arroyo ( 100 metros ) y en el mismo dominio de éste , a tan sólo 5 metros de distancia desde el mismo lecho del arroyo, en éste caso como zona de aparcamiento de coches. ¡ INCREÍBLE , PERO CIERTO! Esta información se halla en el expediente de modificación del PGOU para la Chopera, en periodo de exposición pública. Eso sí , como era de prever, ningún informe ni dicha autorización se han sometido a juicio y análisis del Estudio de Impacto Ambiental, como era preceptivo legalmente y como nos tienen acostumbrados. ¡ UN AUTÉNTICO ATENTADO ECOLÓGICO , ES LO QUE VAN A COMETER ! ¿ LO VAMOS A PERMITIR ?. Es necesario que la gente se entere de todos estos atropellos. GRACIAS
viernes, 6 de febrero de 2009
Entramado Urbanistico. Es otro el terreno de la Chopera???????
Dejo dos links con noticias sobre entramados urbanisticos. El Sr. Martin Marin, tiene terrenos en propiedad colindantes a la Chopera??????????????????
http://www.elfarodelguadarrama.com/noticia.asp?ref=16942
http://www.elpais.com/articulo/madrid/ex/cargo/PP/obtuvo/recalificacion/Collado/Villalba/elpepiespmad/20090131elpmad_1/Tes
http://www.elfarodelguadarrama.com/noticia.asp?ref=16942
http://www.elpais.com/articulo/madrid/ex/cargo/PP/obtuvo/recalificacion/Collado/Villalba/elpepiespmad/20090131elpmad_1/Tes
viernes, 23 de enero de 2009
Izquierda Unida reabre el debate sobre la idoneidad de la utilización de este espacio verde
Recalifican La Chopera para la construcción del hospital
Por RedacciónÚltima actualización 22/01/2009@21:06:30 GMT+1
El Faro de Guadarra
Hay que destacar que, curiosamente, el citado decreto (Ley de medidas urgentes), fue votado en contra por el grupo parlamentario socialista en la Asamblea de Madrid.
Por RedacciónÚltima actualización 22/01/2009@21:06:30 GMT+1
El Faro de Guadarra
La modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Collado Villalba para calificar La Chopera como suelo dotacional sanitario, paso previo a su cesión a la Comunidad para que construya en ella el futuro hospital, ha reactivado el debate sobre la idoneidad de la parcela debido a su valor ecológico.
En el pleno celebrado ayer, en el que se aprobó la nueva calificación con los votos a favor de PSOE, PP y ADEI y el voto en contra de IU, la coalición de izquierdas recordó que el Equipo de Gobierno "nunca ha tenido en cuenta los terrenos de la ITV como el lugar para que se establezca dicha infraestructura, pese a las ventajas de esta zona, que es más accesible", indicó su portavoz, Ascensión de las Heras. La concejala reiteró que el Ejecutivo local no había valorado la finca de la ITV "porque se han dado prisa en redactar un Plan Especial para que se ubique otra gran superficie en nuestro municipio". Después de recordar el valor medioambiental de los terrenos en los que se pretende construir el hospital, la edil aseguró que al aplicarse el Decreto 92/2008 "se busca un atajo para eludir tener que dar explicaciones a los vecinos de por qué se cede este terreno y no otro".
Hay que destacar que, curiosamente, el citado decreto (Ley de medidas urgentes), fue votado en contra por el grupo parlamentario socialista en la Asamblea de Madrid.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)